Capítulo 2 - El marco normativo para examinar la admisibilidad de las confesiones de un acusado
Artículo 12 de la Ordenanza sobre pruebas
El criterio legal para examinar la admisibilidad de una confesión hecha durante el interrogatorio de un acusado está consagrado en el artículo 12 de la Ordenanza sobre pruebas, que dice lo siguiente:
"12. a) El testimonio de la confesión del acusado de que cometió un delito sólo será admisible si el fiscal aporta testimonio sobre las circunstancias en que se hizo la confesión y el tribunal considera que la confesión fue libre y voluntaria".
- La jurisprudencia desde su inicio ha sostenido que el término "libre y voluntario" que aparece en el lenguaje de la sección no debe tener un significado literal. Esto se debe a que cada interrogatorio, por su propia naturaleza, crea presión psicológica sobre el interrogado y lo pone en una situación difícil. El significado que se le daba al término era jurídico-técnico, según el cual la confesión de un acusado sólo sería invalidada si era sometido a una "presión externa" indebida durante el interrogatorio, lo que le habría privado de su capacidad de elegir libremente entre dar su confesión o abstenerse de pronunciarla (véase: la sentencia Issacharov, en el artículo 23, y las referencias que aparecen en ella).
A lo largo de los años, ha sido posible encontrar en la jurisprudencia diferentes enfoques interpretativos para la aplicación de la disposición del artículo 12. La interpretación aceptada se determinó en CrimA 115/82 Moadi v. Estado de Israel, IsrSC 38 (1) 197, 249 (1984), en la sentencia del juez Goldberg. De conformidad con el enfoque mencionado, el uso de medios de interrogatorio inadecuados en el curso del interrogatorio de un acusado no niega, en sí mismo, la admisibilidad de su confesión. En cada caso, es necesario examinar por sus propios méritos si los medios inadecuados de interrogatorio tenían por objeto negar la libertad de voluntad del acusado en el marco de su confesión, en cuyo caso la admisibilidad de la confesión quedará invalidada por temor a su veracidad. Sin embargo, en los casos en que el nivel de inadmisibilidad ha alcanzado el nivel de dañar la "imagen humana" del acusado y "el nivel de interrogatorio brutal e inhumano", entonces se negará la admisibilidad de la confesión en virtud de la sección 12 de la Constitución, sin examinar el efecto real de los medios inadecuados de interrogatorio en la libertad de voluntad del acusado.