Casos legales

Crim 42032-10-17 Estado de Israel contra Haim Aryeh Steinberger - parte 27

January 27, 2020
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En este sentido, podemos suponer que el final de la misma atestigua su comienzo.  En otras palabras, así como la naturaleza de la "seriedad" de la investigación al final del día, con respecto a las cosas que se afirmaron que se dijeron, también debería hacerlo la afirmación de que estas cosas se dijeron desde el principio.  Así, es posible ver con qué "seriedad" las autoridades del IPS vieron, en tiempo real, lo que el testigo escribió en sus memorias.

Nuevamente, mencionaré que  no se presentó la fuente de ese memorándum, ni la fotografía tomada por el testigo con su teléfono celular para darle un toque de certeza en tiempo real.

Además, es difícil aceptar el argumento de que el acusado 2, en vista de su naturaleza criminal, lo formularía de una manera que se formularía, es decir, pronunciaría  una frase explícita sobre la intención de inyectarse la droga "mañana", una sentencia inequívoca, en presencia de un guardia de la prisión.

Por otro lado, la defensa argumentó que el acusado 2 y la otra persona con la que afirma haber hablado estaban en conflicto y, por lo tanto, es ilógico que el acusado 2 diga tales cosas incriminatorias o pida tal cosa a la persona con la que tiene una disputa.

El testigo respondió que "se puede verificar una lista de personas en disputa en cualquier momento" (página 53, línea 26), pero no se presentó evidencia para respaldar el argumento de la defensa.

Además, como veremos más adelante, la misma persona, el prisionero Shahar Bashari, a quien supuestamente se le dijo lo que le dijo el acusado 2, negó la acusación.  Este prisionero no fue interrogado con anticipación, como debería haber hecho la unidad de investigación, y solo puede quejarse de sí mismo, cuyo testimonio fue escuchado sin pasar primero por la selección de investigación.

También se puede saber del documento N/12 (detallado a continuación) que hubo una cierta disputa entre el acusado 2 y Shahar Bashari en el momento relevante, lo que reduce la probabilidad de una conexión criminal, como se afirma en la Prueba documental 28 (incluso si es posible que pueda ocurrir una conexión criminal para una empresa u otra, incluso entre partes en disputa). 

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