Y si dice que la disputa se relaciona con el momento de la infusión de capital en relación con las declaraciones que aparecen en los informes de desempeño, entonces el demandado 1 argumenta además que no se ha demostrado ninguna conexión causal entre la "representación falsa" y la "recepción del asunto", es decir, la recepción del beneficio del Centro de Inversiones.
He examinado cuidadosamente los argumentos de la fiscalía y la defensa con respecto a la cuestión de la equidad, y he considerado los testimonios y documentos presentados en este contexto y, posteriormente, soy de la opinión de que no se debe atribuir a los demandados una intención fraudulenta con respecto a la equidad, debido a la duda.
Incluso si supongo que los demandados eran conscientes de que la deuda que Dimona Textiles tenía con el Banco de Desarrollo Industrial no puede considerarse una inversión de capital, parece que hay fundamento en su afirmación de que otras sumas invertidas en Dimona Textiles cumplen con los requisitos, en términos de la cantidad mínima que se suponía que debían invertir en la empresa. Es posible que el momento de la inversión de capital no corresponda a los informes que se presentaron al Centro de Inversiones como parte de los informes de desempeño, pero aún es necesario señalar la existencia de una conexión causal entre la tergiversación y la "cosa" que los demandados recibieron de manera fraudulenta. No estoy convencido de que en este caso se haya demostrado que existe una conexión causal en este asunto y, por lo tanto, no considero oportuno analizar todos los detalles relacionados con las rondas de fondos y la entrada de capital en Dimona Textile, de acuerdo con los argumentos detallados del acusador por un lado, y del acusado 1 por el otro. A la luz de lo anterior, he llegado a la conclusión de que no se debe atribuir un delito a los acusados en la medida en que se relaciona con la inversión del capital en Dimona Textiles y las rondas de fondos relacionadas con este asunto, debido a la duda.