Como señalé en mi referencia a las transacciones con Dornier, no creo en la coincidencia, que percibo como completamente imaginaria, en la que en las proximidades de la transferencia de fondos a la empresa Leader y a la cuenta Petmark, se transfieren las mismas sumas aproximadamente, al punto de partida. Como se ha dicho, no creo que se trate de una mera coincidencia, sino de un plan formulado en coordinación con Leader, con la intención de tergiversar al Centro de Inversiones, en cuanto al coste de la maquinaria y el equipo adquirido a Leader.
También en este caso, el demandado 1 se basa en las estimaciones del tasador con respecto al costo del equipo, cuando el argumento es que la misma estimación muestra que no se trata de inflar el precio. Como he determinado con respecto a las operaciones Dornier, las apreciaciones del tasador no pueden resistir las pruebas sólidas e inequívocas, que indican la existencia de un sistema contable dual, en el que se emitieron documentos diferentes sobre el mismo equipo, con la diferencia reflejada únicamente en el componente de precio. La tasación del tasador, como su nombre lo indica, es una estimación, nada más que eso, y esto no necesariamente debe inferirse que este es el precio real de la transacción.
Incluso el argumento sobre la falta de documentos, que es prima facie perjudicial para la defensa de los acusados, no aumenta ni disminuye en nuestro caso, cuando se presentaron al tribunal documentos auténticos en tiempo real, que acreditan el método de ejecución, como determiné anteriormente. No estaba convencido de que la ausencia de tales o cuales documentos cambiaría el resultado al que llegué.
Cabe señalar que dado que el modus operandi es similar, aunque no completamente idéntico, al método de funcionamiento respecto de la sociedad Dornier, es posible aplicar en el presente caso las conocidas sentencias respecto de testimonios y actos similares, tanto respecto del elemento mental de la infracción como respecto del elemento físico, todo ello tal y como se detalla en la parte jurídica de esta sentencia.