Recientemente, la Corte Suprema abordó este tema en C.A. 388/08 Belfer v. Estado de Israel (inédito, dado el 15 de septiembre de 2008):
"Muchas veces este tribunal ha señalado la distinción entre un asistente y un coautor con respecto a las disposiciones de la Ley Penal antes mencionada. Según la jurisprudencia, que ha dado contenido a estas definiciones, un ayudante no es un coautor que desempeña un papel auxiliar en la comisión del delito y de hecho permite que otro autor perfeccione el acto del delito, sino que está fuera del marco de los principales autores del delito, y la asistencia que presta a los autores es "externa" a la comisión del delito. Por lo tanto, el cómplice no participa en la comisión del delito, y la asistencia se expresa en la creación de las condiciones para la comisión del delito por parte del autor o los autores principales... A diferencia del cómplice, los perpetradores sirven juntos, como una especie de cuerpo, para la comisión del delito, donde la responsabilidad de cada uno de ellos por la comisión del delito es responsabilidad directa y la contribución de cada uno de ellos es interna al delito en sí... Con respecto a la responsabilidad de la ejecución conjunta, de acuerdo con lo dispuesto en la sección 29 (b) del Código Penal, es posible "dividir el trabajo" entre los perpetradores juntos, de tal manera que actuarán en diferentes lugares y en diferentes momentos, y sin que cada uno de ellos haya agotado el delito, siempre que la parte de cada uno de ellos sea esencial para la realización del plan conjunto... A diferencia del "autor conjunto", el "cómplice" es un cómplice secundario en la comisión del delito. Su contribución se expresa en la creación de las condiciones para la comisión del delito por parte del autor o los autores principales, mientras que, a diferencia del autor conjunto, esta contribución es externa al delito. El cómplice no es el iniciador, el que decide o el que controla la comisión del delito, sino más bien el autor de actos separados del delito en sí, que preparan el terreno para la comisión del delito, permiten su comisión por el autor, lo aceptan o lo aseguran..."