Casos legales

Caso Penal (Tel Aviv) 40431/99 Estado de Israel contra Oded Ben David Gold () - parte 63

September 24, 2009
Impresión

 

Derecho del Impuesto al Valor Agregado

  1. La sección relevante en nuestro caso es la sección 117 de la Ley del IVA, que ha sufrido un cambio desde que se promulgó la ley en 1975, y el cambio material se realizó en esta sección el 6 de agosto de 1998. La sección 117 (a) especifica los actos que se consideran delitos, en la medida en que se relacionan con fallas en el registro y la presentación de informes, la falta de gestión o gestión de libros de manera defectuosa, así como los actos y omisiones en relación con las facturas de impuestos y la interferencia con una persona que cumple con la ley.  Antes de la enmienda, la legislatura determinó que estos actos y omisiones, cuando se cometen con la intención de evadir el pago de impuestos, se convierten en un delito según la sección 117 (b) de la Ley del IVA y conllevan un castigo mucho más severo.  Como señala el abogado Giora Amir en su libro Ofensas impuesto, 623 (Sadan, 2000), (en adelante: "Libro del abogado Giora Amir"):

"La existencia de la intención de evadir el pago de impuestos se puede aprender de las circunstancias.  Una demora breve y accidental en la presentación de un informe periódico no es comparable a un sistema sistemático, recurrente y continuo de demoras en la presentación de informes periódicos."

Como se indicó, el 6 de agosto de 1998 se modificó la Ley del IVA y hubo un cambio extenso en la sección 117 (b).  El principal cambio en el artículo 117 b) radica en la emisión de grupos de leyes cuya redacción no se ajustaba a los principios aceptados, en relación con el establecimiento de una norma penal clara, al tiempo que se apegaba al principio de legalidad.

Así, por ejemplo, el grupo de delitos relacionados con actos y omisiones detallados en el artículo 117 (a) que se han convertido en delitos más graves ha desaparecido si se cometieron con la intención de evadir el pago de impuestos.  Además, se omitió el grupo que se ocupa de "hacer otra cosa" con la intención de evadir el pago de impuestos, y en su lugar aparece en la nueva sección, la subsección (8), que se relaciona con el uso de fraude o engaño con el objetivo de evadir o evadir el pago de impuestos.  El tercer grupo, que consta de cinco tipos de actos, cuyo acto mismo constituye evasión fiscal, también se incorporó a disposiciones más claras y detalladas en el nuevo artículo 117(b).

Parte previa1...6263
64...330Próxima parte