A la luz de esta regla, los tribunales criticaron los acuerdos de culpabilidad en los que se desestimaron los órganos, y solo la corporación asumió la responsabilidad y el castigo por la ofensa cometida. Así, en el caso del ferrocarril, la cuestión de si intervenir en un acuerdo de culpabilidad alcanzado con los ferrocarriles tras un accidente en el que murieron cinco pasajeros, según el cual sólo el tren asumiría la responsabilidad y no los funcionarios. El tribunal decidió no intervenir. A pesar de esto, la Honorable Jueza D. Barak-Erez agregó lo siguiente (párrafo 2 de su sentencia):
"La atribución de responsabilidad penal a una corporación no niega, por regla general, la responsabilidad penal de las personas de carne y hueso que actuaron dentro de sus límites...La inquietud que despierta el acuerdo de culpabilidad no se deriva del hecho de que "no hay culpables", sino más bien de la tensión interna inherente a la declaración: "No hay culpables, pero de hecho los hay". El acuerdo de culpabilidad preserva en su centro el enjuiciamiento por el delito de causar la muerte por negligencia ... Pero lo atribuye solo a la corporación. De los acusados originales, dos fueron omitidos por completo, y otro acusado está acusado de un delito de negligencia general sin ningún aspecto consecuente relacionado con el accidente en sí".
Sin embargo, la Honorable Jueza D. Barak Erez agrega que habrá casos en los que la condena de la propia corporación será importante (párrafo 6 de su sentencia):
"La importancia de condenar a la corporación únicamente por delitos varía según el tipo de delitos y las circunstancias en las que se cometieron. La responsabilidad penal de las empresas es de gran importancia en el contexto de la comisión de delitos económicos que promueven ostensiblemente los intereses comerciales de la corporación. En este caso, los delitos se cometen para la corporación, y la imposición de responsabilidad penal sobre ella constituye un elemento disuasorio eficaz contra su perpetración. La responsabilidad penal de la corporación también es importante en situaciones en las que no es posible identificar a los empleados de la corporación que realmente cometieron delitos..... Además, la importancia de una condena penal de una corporación está aumentando cuando se trata de una corporación comercial que opera en un mercado competitivo. En tal caso, la condena de la sociedad puede tener un impacto en el valor de sus acciones e incluso puede limitarla en la actividad empresarial, ya que hay partes que prefieren no relacionarse con sociedades anónimas que han sido condenadas por delitos penales, como también se refleja en ciertas leyes (véase, por ejemplo: la Ley de Transacciones de Entidades Públicas, 5736-1976)".