Sobre la cuestión de la aplicación selectiva, como motivo que establece una defensa contra la justicia, se sostuvo que la discreción de la fiscalía está sujeta al principio de igualdad, y esto se afirmó en HCJ 935/89 Ganor v. Attorney General, IsrSC 44 (2) 485, 511-512 (1990):
"En el ejercicio de su discreción, un demandante debe actuar con igualdad y sin discriminación. La igualdad es un valor fundamental de cualquier sociedad democrática, 'que la ley de todo estado democrático aspira a ilustrar, por razones de justicia y equidad'..."
Sin embargo, la decisión de enjuiciar o no enjuiciar o enjuiciar a algunos de los implicados en un determinado asunto penal es a veces una decisión compleja y deliberada, en la que la fiscalía debe tener en cuenta diversas consideraciones, entre ellas, la capacidad de probar los cargos en cuestión, si se enjuicia a todos los implicados (véase Cr.P.)Distrito de Tel Aviv) 40013/05 Estado de Israel v. Shlosh (13 de septiembre de 2011)). Cuando el tribunal examina la discreción de la fiscalía en el contexto de una audiencia sobre un reclamo de defensa de la justicia, la cuestión principal que debe examinar en este contexto es cuáles fueron los motivos por los cuales la fiscalía procesó solo a algunos de los involucrados en el asunto.
Cuando la autoridad emplea una política de aplicación que discrimina entre una persona sobre la base de consideraciones ajenas o cuando practica una política de aplicación arbitraria, en ciertos casos estará justificado cancelar la acusación en virtud de la doctrina de la protección de la justicia. Al mismo tiempo, no toda la ejecución parcial es necesariamente una aplicación indebida selectiva (HCJ 6396/96 Zakin v. Alcalde de Be'er Sheva, IsrSC 35 (3) 289, 305 (1999)).
Declaraciones similares se hicieron en la jurisprudencia en el marco de la apelación Crim. 8204/14 Zalum c. el Estado de Israel (15 de abril de 2015):
"El hecho de que cierta persona fuera acusada, que pudo haber estado involucrada en ese incidente criminal, no fuera procesada, no prueba, en parte, que se trate de una aplicación selectiva. El solicitante debe refugiarse a la sombra de una defensa de la justicia sobre la base de la ejecución selectiva, y debe probar que la distinción entre las diversas partes involucradas se basa en consideraciones irrelevantes por parte del acusador".