Casos legales

Conflicto Laboral (Tel Aviv) 7217-04-21 Gama Business Travel Israel Ltd. – Dorit Zoaretz - parte 17

September 12, 2025
Impresión

Cuál:           Sí, pero también dijiste más que eso, que en Israel, la mayoría de los boletos eran boletos Corporativo.  ¿Es eso correcto?

Taw:                       Así es". (p. 40, s. 35 – p. 41, s. 33 de la transcripción.  El énfasis no está en el original.  A.H.).

  1. El testimonio de la Sra. Melamed sobre el desempeño de sus funciones es poco claro, inequívoco y evasivo. Ella testificó que aprobó cobrar una tarifa superior a $ 28 solo en casos especiales de boletos de avión a miembros de la gerencia de Nice, y admitió que en realidad confiaba en que el acusado no cobraría más de $ 1 más de lo necesario.  A la luz de esto, se le preguntó cómo fue que no encontró la manera de examinar el reclamo del acusado con respecto al motivo de su despido, y ella respondió que no le interesaba y que conocía el tipo del acusado y que "también lo hizo en otras cosas". Ella dijo: "Y él no estará satisfecho".  (págs. 42, párrafos 18 a 32 de la transcripción).
  2. Este testimonio de la Sra. Melamed es desconcertante para nosotros, pero nos enseña que incluso si el acusado le informó a ella y al Sr. Halawya en una conversación del 11 de abril de 2019 que algo inapropiado estaba sucediendo en Gamma, la Sra. Melamed no le creyó y no tomó en serio sus palabras y, por lo tanto, no se refirió a ello en su declaración jurada.
  3. De todos los detalles, llegamos a la conclusión de que el acusado advirtió al Sr. Halawiya y a la Sra. Melamed, ambos empleados de Nice, que "existe una conspiración y cooperación entre Gama y Betty, un conflicto de intereses por sí mismo", como escribió en su carta del 30 de enero de 2020, aunque no es seguro que mencionara la palabra "conspiración" o "conspiración" en esa conversación. La demandada hizo esto mientras trabajaba para el demandante y poco antes de ser despedida.
  4. No hay duda de que después de su despido, el demandado informó a NICE la supuesta conducta inapropiada de la demandante y Gamma USA, e incluso presentó documentos para respaldar esto. La propia demandada declaró que unos meses después de ser despedida, el oficial de cumplimiento de NICE se puso en contacto con ella y, como resultado, fue citada para ser interrogada en nombre de NICE y decidió decir la verdad, y que el 3 de octubre de 2019, le dio al oficial de cumplimiento una serie de documentos relacionados con la tarifa oculta y el sobrecargo que se le pidió al personal que cobrara.  (párrafos 93-95 de la declaración jurada y Prueba documental 23).
  5. El Sr. Halawiya testificó que no sabía cómo comenzó la investigación de Niza, pero que "Navit Hadar, que estaba a cargo de nuestra campaña para suministrar materiales, los presentó por primera vez el 7 de octubre". (págs. 7, 34-35 de la transcripción). Cabe señalar que NICE notificó a Gamma USA la cancelación del acuerdo entre ellos el 7 de octubre de 2019.  Es decir, el día exacto en que se presentaron los materiales de investigación a NICE.  Se le preguntó al Sr. Halawiya cómo se enteró Navit de la necesidad de una investigación, cómo comenzó todo, y esta vez el Sr. Halawiya respondió lo siguiente: "Ahora entiendo la pregunta de hacia dónde se dirige, así que no entendí a dónde iba, que algunos de los primeros documentos que llegaron eran de Dadurit a Navit". (págs. 8, párrafos 16 y 17 de la transcripción).
  6. El Sr. Halawiya no aclaró quién era ese Navit Hadar. De la prueba 23 se desprende que el demandado se transfirió al oficial de cumplimiento de Niza, cuyo nombre es Navit Dvir.  Por lo tanto, aceptamos la versión del demandado.
  7. La demandada declaró además que, tras ese examen, NICE notificó a Gamma USA la cancelación del acuerdo NICE. (párrafo 96 de la declaración jurada).

El deber de lealtad del demandado - Esquema legal

  1. La regla es que el principal deber de lealtad de un empleado es hacia su empleador, y es un deber mayor que incluye evitar conflictos de intereses y cuidar los intereses del empleador. Ver CA 1142/92 Vargos Ltd. v. Carmax Ltd. (14 de abril de 1997) y véase (Nacional) Girit Ltd. – Mordechai Aviv (18 de diciembre de 2003) – donde la Audiencia Nacional resolvió lo siguiente:

"Este Tribunal y el Tribunal Supremo en su jurisprudencia, así como los juristas en sus escritos, señalaron la singularidad del contrato de trabajo como un contrato de relación continua, que el contrato de trabajo se trata como un contrato de cooperación basado en una relación de confianza y el deber de lealtad que se aplica a las partes del mismo.  El deber de lealtad, el deber de buena fe y el deber de equidad  derivados del contrato de trabajo constituyen la base de unas relaciones laborales justas.  El empleado y el empleador no son rivales en lados opuestos de la cerca, y su deber mutuo es no encontrarse en un conflicto de intereses.  Para nuestros propósitos, las palabras del vicepresidente Barak-Ossokin, recientemente, en la sentencia en el caso Lifshitz, son apropiadas:

Parte previa1...1617
18...28Próxima parte