Casos legales

Apelación Civil 1137/23 Eliyahu Deri c. Apelación Civil1163/23 - parte 13

May 5, 2025
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Derecho israelí

  1. La cuestión de la responsabilidad de un tercero involucrado en el incumplimiento del deber fiduciario no se ha discutido en profundidad en la jurisprudencia de los tribunales de Israel, tanto en el contexto general como en el contexto de los funcionarios de la corporación. Mientras tanto, esta posibilidad se mencionó en una nota al margen en la sentencia de este Tribunal enA.  3506/13 Habi v. Estado de Israel, párrafo 220 [Nevo] (12 de enero de 2016)) y en C.C.  (Distrito Central de Lod) 10538-02-13 El éxito del movimiento de consumidores para la promoción de una empresa económica justa v. El Al Israel Airlines Ltd. [Nevo] (3 de febrero de 2016), donde el juez Grosskopf señaló  que "Puede haber situaciones en las que terceros asuman la responsabilidad debido a su participación en el incumplimiento de un deber de confidencialidad o un deber de confianza [...] pero para imponer tal responsabilidad, se requiere una base probatoria adecuada, que indique conocimiento y participación" (ibíd., párrafo 17) (énfasis agregado – 8:20).  Además, con base en las doctrinas que existen en el derecho consuetudinario, el  juez R. Ronen otorgó una  moción para certificar una acción derivada, que se presentó, entre otras cosas, contra un accionista mayoritario que estuvo involucrado en un incumplimiento de los deberes de los funcionarios, como se detallará con más detalle a continuación.  E incluso recientemente, mi colega el juez Y. Kasher abordó  la cuestión de la responsabilidad de un tercero que tenía conocimiento de un incumplimiento del deber fiduciario de los abogados de la parte contraria, a la luz de la  sección 14 de la Ley de Fideicomisos.  Sin decidir sobre esta cuestión, mi colega dictaminó que comparte la posición expresada en la literatura de que hay espacio para ampliar la aplicación de la sección a cualquier caso en el que un tercero sepa, o debería haber sabido, de un incumplimiento de este deber de confianza (CA 3640/22 Cohen y Ashlagi v. Buchman, en el párrafo 62 ([Nevo] 01.09.2024)).
  2. En cualquier caso, la responsabilidad del extranjero que interviene en las relaciones contractuales y fiduciarias se basa, en esencia, en una serie de disposiciones de la ley. En primer lugar,  el artículo  14 de la Ley de Fideicomisos, 5739-1979 (en adelante: la Ley de Fideicomisos), establece que:

"Cancelación de acciones

  1. Una acción que se tomó en incumplimiento del deber fiduciario y el tercero sabía o debería haber sabido sobre el incumplimiento, o se realizó sin compensación, el tribunal puede cancelarla, y el tercero será responsable por el incumplimiento de un fiduciario; el conocimiento de la existencia del deber fiduciario no constituye simplemente el conocimiento del incumplimiento del deber fiduciario" (énfasis agregado – H. 20).

Del mismo modo,  el artículo  9 de la Ley de Misiones, 5725-1965 (en adelante: la Ley Shlichut), establece que:

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