Casos legales

Caso civil (Tel Aviv) 5478-07-22 Representante del Edificio 9 Ramat Gan c. Nissim Cohen - parte 5

October 9, 2025
Impresión

(a) de una manera que pueda defraudar a una persona o privar a un acreedor de la empresa;

(b) de una manera que perjudique el propósito de la empresa y mientras asume un riesgo irrazonable en cuanto a su capacidad para pagar sus deudas, siempre que el accionista tenga conocimiento de dicho uso, y teniendo en cuenta sus tenencias y el cumplimiento de sus obligaciones con la empresa en virtud de las secciones 192 y 193 y teniendo en cuenta la capacidad de la empresa para pagar sus deudas".

  1. Conclusión

A la luz de lo anterior, declaro lo siguiente:

  • Como se ha señalado en el apartado 11 de la presente sentencia, se desestima la demanda contra el demandado 1 sin condena en costas.

En las circunstancias del caso, y cuando en cualquier caso la defensa del demandado 1 se hizo junto con la defensa del demandado 2, no ordeno las costas.  A los efectos del asunto, esta razón estará dentro del alcance de las "razones especiales" para no otorgar honorarios de abogados como lo requiere  la sección 153 (a) de las Regulaciones de Procedimiento Civil, 5779 - 2018.

  • La demanda contra el demandado 2 se acepta parcialmente, cuando declaro lo siguiente (y véase el apartado 6.5 anterior):
  • Por la presente se emite una orden judicial que exige al demandado que lleve a cabo todos los trabajos de reparación, como se detalla en el dictamen pericial del tribunal de fecha 21 de diciembre de 2023, así como en las respuestas a las preguntas aclaratorias.
  • El demandado iniciará la ejecución de las obras a más tardar el 31 de diciembre de 2025 y finalizará a más tardar el 30 de junio de 2026. El inicio de las obras significa que la presencia real de los trabajadores del demandado en el condominio, para evitar dudas (trabajos preparatorios, planificación, pedido de materiales, etc.) no se considerará como el comienzo de las obras.
  • La finalización de las obras se considerará siempre que el demandado presente un certificado de un ingeniero elegido por acuerdo por ambas partes, según el cual los defectos fueron reparados de acuerdo con la opinión pericial del tribunal, incluidas las respuestas a las preguntas aclaratorias.
  • Si el demandado no cumple con lo anterior, se remite al demandante, entre otras cosas, a las disposiciones de la sección 63 (a) de la Ley de Autos de Ejecución, 5727-1967.
    • Además, ordeno al demandado 2 que pague los gastos legales y los honorarios de los abogados por un monto total de 000 shekels , junto con los diferenciales de vinculación y los intereses exigidos por la ley desde la fecha de la sentencia hasta la fecha del pago efectivo.

Concedido hoy, 09 de octubre de 2025, en ausencia de las partes.

Parte previa1...45
6Próxima parte