Casos legales

Tribunal Superior de Justicia 3964/23 El Movimiento por un Gobierno de Calidad en Israel contra la Knesset - parte 32

July 31, 2025
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En segundo lugar, durante las deliberaciones del Comité de Finanzas sobre la ley, se incorporaron varios mecanismos cuyo propósito es mitigar el daño a las autoridades locales donantes.  En este marco, se determinó que se debe tener en cuenta la posición de la autoridad en el índice socioeconómico y el índice periférico (Sección 5 (a) (1) de la ley), y se estableció un umbral superior para la recaudación en una situación en la que los ingresos de una autoridad local por impuestos a la propiedad comercial han crecido radicalmente (Sección 5 (b) (2)).

En tercer lugar, como explicó el gobierno, si resulta que el número de permisos de construcción residencial es menor que el que se basó en las estimaciones del Ministerio de Finanzas, de manera que se acerque al número de permisos de construcción residencial evaluados por los centros del gobierno local en sus cálculos, el resultado será que se distribuirán menos fondos del fondo y el resto permanecerá en manos de las autoridades locales otorgantes (párrafo 96 de su respuesta preliminar).  Por lo tanto, se espera que los montos de la pérdida que se alega que se causarán a diversas autoridades locales sean inferiores a los reclamados por los peticionarios.

  1. De hecho, esta es una ley que tiene un impacto significativo en las autoridades locales de Israel, pero en esta etapa todavía es difícil evaluar sus resultados. Concluiré esta sección con la esperanza de que la ley logre su propósito, y que si se descubren lagunas en la forma en que opera, la legislatura no se quedará de brazos cruzados y enmendará lo que necesita ser enmendado.  En este contexto, cabe señalar que Artículo 16 La ley establece un mecanismo detallado de presentación de informes al Comité de Finanzas y, por lo tanto, será posible evaluar los efectos de la ley y examinar su desempeño.

El impacto de la ley en las localidades árabes

  1. Para no encontrar que faltaba la imagen, y aunque el asunto no se discutió de manera lo suficientemente ordenada y explícita, consideré necesario hacer otra afirmación que surgió en el marco de la Procedimientos ante nosotros y su tema están las implicaciones de la ley para las localidades árabes y sus residentes.
  2. A este respecto, en esencia, fue posible entender que los peticionarios opinan que el acuerdo anclado en la Ley del Fondo Arnona entraña un daño especial a las localidades árabes en comparación con otras localidades. En este sentido, aunque solo sea en el avión El consecuente, insinuó que la ley también implica una violación del derecho constitucional a la igualdad, aunque la reclamación no se planteó explícitamente (a diferencia de la afirmación de que el derecho a la igualdad fue violado como resultado de la Artículo 20 a la Ley, relativa a la aplicabilidad del acuerdo a las autoridades locales en el área de Judea y Samaria, que fue planteada por los peticionarios en AUDIENCIA CIVIL ADICIONAL 4156/23.  Esta cuestión seguirá aclarándose por separado).
  3. De hecho, en los párrafos 63 y 64 supra, examinamos datos empíricos que muestran la brecha en el presupuesto de las autoridades locales en el sector árabe en comparación con el sector judío. Hemos visto que los primeros dependen de un apoyo económico muy significativo del gobierno, y que la proporción relativa de los impuestos a la propiedad para las empresas en su presupuesto total es baja.  A esto hay que añadir que, a primera vista, existe una dificultad con respecto a estas autoridades con respecto al mecanismo establecido en la ley para determinar los montos de la subvención del Fondo, ya que examina el número de permisos de construcción residencial emitidos por la autoridad local, mientras que en los sectores árabe, druso y circasiano, a veces existen diversas barreras que dificultan la concesión de permisos de construcción (ya sea porque no hay terrenos disponibles en su área para la asignación a la construcción residencial).  Ya sea porque no tienen autoridad para hacerlo, o por otras barreras que les impiden otorgar permisos de construcción en el terreno de su territorio.  A este respecto, véase: Ministerio de Justicia Informe del Equipo Interministerial sobre la eliminación de los obstáculos a la vivienda y la tierra en las comunidades árabes, drusas y circasianas (2020); Rasem Khamaisi Planificación y desarrollo de las comunidades árabes: un nuevo enfoque para la preparación de las autoridades locales y el Estado 131-112 (2019)).  Por lo tanto, se espera que el grado de disfrute del fondo sea aparentemente bajo.
  4. En este contexto, el argumento de los peticionarios no debe tomarse a la ligera. Sin embargo, como se explica más adelante, este argumento no estaba respaldado por los datos necesarios para determinar que efectivamente hubo una violación constitucional del derecho a la igualdad de las localidades árabes o sus residentes.  En estas circunstancias, no he considerado necesario abordar la compleja cuestión de la aplicabilidad del derecho constitucional a la igualdad en relación con las autoridades locales y sus residentes, y su alcance exacto.

Debe aclararse: los peticionarios alegan de hecho una violación del derecho a la igualdad en la prueba Resultado, con base en el precedente según el cual es posible conocer la existencia de discriminación como consecuencia de la ley.  Volvamos a este respecto a lo que se dijo al respecto Nasr:

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