| Tribunal de Familia en Tel Aviv-Yafo |
| Apelación Civil 21839-11-22 Anónimo et al. contra Anónimo
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| Antes | El Honorable Juez Tomer Shalem
en el asunto: La herencia del difunto S.S. z”l
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| El demandante | Anónimo por la abogada Yasmin Ben David |
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contra
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| Los demandados | Anónimo y colaboradores por el abogado Daniel Ernst y/o el abogado Guy Rosenberg |
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| Veredicto
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El fallecido, el difunto S.S., viudo sin hijos, falleció el 23 de marzo de 2022, a los 80 años. El fallecido firmó dos testamentos durante su vida: uno, fechado el 30 de junio de 2004, según el cual legó la mayor parte de sus bienes a su antiguo empleador (demandado 5) y a sus cuatro hijos (demandados 1-4), mientras que el fallecido legó una nevera a su única hermana (el demandante) (en adelante: el testamento de 2004); el segundo, fechado el 25 de febrero de 2022, según el cual el fallecido legó todos sus bienes a su hermana (en adelante: el testamento de 2022).
Tres cuestiones centrales están en la base de la disputa entre las partes:
Primero, ¿era el fallecido competente para firmar el testamento de 2022 y sabía cómo discernir la naturaleza del mismo?
Segundo, ¿el hecho de que el demandante contactara con el psicogeriatra que examinó al fallecido, pagó su salario, contactó con el abogado que redactó el testamento y discutió el testamento con el fallecido constituye una "implicación en el testamento" que lleva a su anulación?
Tercero, ¿ influyó injustamente el demandante en el fallecido para que firmara el testamento de 2022, lo que llevaría a la anulación del mismo?
Tengo ante mí tres reclamaciones relacionadas con la herencia del fallecido: primero, una solicitud de orden de sucesión de 2004 presentada por los demandados (C.A. 21847-11-22); segundo, una solicitud de orden de sucesión para 2022 presentada por el demandante (C.A. 33558-02-23); tercero, una objeción presentada por los demandados a la solicitud de orden de sucesión de 2022 (C.A. 21839-11-22).
La demandante no presentó una objeción al testamento de 2004, ni alegó un defecto en uno de los elementos básicos del testamento de 2004, por lo que los demandados no estaban obligados a testificar como testigos del testamento. Al mismo tiempo, cuando se pone a prueba más de un testamento, como en este caso, primero debe discutirse la validez del testamento; el testamento de 2022, ya que un testamento nuevo se considera como la anulación del anterior, en la medida en que sus disposiciones contradicen las disposiciones del anterior.