Véase CA 4902/91 Shdema Goodman contra Yeshivat Shem Beit Midrash High for Teaching y Dayaniut, 49(2) 441 (1995)
- En Apelación Civil (Familia Tel Aviv-Jaffa) 46864-07-21 Anonymous contra Anonymous (Nevo 07.11.2023) se sostuvo respecto a la carga de probar la influencia injusta:
" Se sostuvo además en el caso de las cargas que cuando las circunstancias indican la existencia de la dependencia del testador hacia otros, que es tan completa y exhaustiva que se puede suponer que se ha negado el libre y la independencia del testador, entonces la carga de la prueba recae en el solicitante para el cumplimiento del testamento. Sin embargo, incluso si se establece una presunción, solo puede transferir la carga de presentar la prueba al solicitante por probabilidad, mientras que la carga de la persuasión para probar la afirmación de influencia injusta seguirá recayendo en el objetor del testamento, según el equilibrio de probabilidades. "
- En DNA 1516/95 Rina Marom contra Attorney General 52(2) 813 (1998), también citado anteriormente, se establecieron pruebas auxiliares para ayudar a examinar si esto es una influencia injusta, enCivil Appeal (Family Tel Aviv-Jaffa) 42187-11-19 E.G. contra Y.A. (Nevo 26.06.2022) detallaron las distintas pruebas: la prueba de dependencia e independencia; la prueba de dependencia y asistencia;prueba de las relaciones del testador con otros; Una prueba de las circunstancias de la elaboración de un testamento y la implicación.
- Estas pruebas no son cumulativas, deben usarse con gran cautela y no dependen unas de otras, todo de acuerdo con las circunstancias del caso (C.A. (Distrito de Tel Aviv-Jaffa) 1100/05 Anonymous v. Anonymous (Nevo 06.04.2009)).
- En nuestro caso, no hay disputa en que la demandante vivió permanentemente con la fallecida y la cuidó, y la propia objetora confirma estas cosas. Además, parece que la demandante fue efectivamente quien gestionó los asuntos legales generales de la familia, y es muy posible que la fallecida se haya basado en ella y en su sentencia.
- Sin embargo, estas dos cifras no son suficientes para determinar la influencia injusta (en cualquier caso, no se examinaron en profundidad durante el proceso), y deben abordarse los argumentos adicionales de los opositores.
- Como los opositores descartan completamente la posibilidad de que el fallecido firmara voluntariamente el testamento, citaron a los abogados que redactaron y aprobaron el testamento para que testificaran.
Testimonio del abogado Sani Khoury
- Los abogados tenían conocimiento previo de la demandante, e incluso trabajó para el abogado Kuttab (véase pp. 18, 10-27, pp. 53, 15-20).
- En su mayor parte, los dos abogados se encargaron de los asuntos familiares del demandante (véase p. 22, párrafos 3-5). En los últimos años, los abogados no han tratado ningún asunto relacionado con el demandante (véase p. 35, párrafos 13-26).
- El testamento del fallecido fue realizado a petición del demandante (véase p. 49, párrafos 1-22).
- Los abogados Khoury y Hanna prepararon el testamento, de acuerdo con las instrucciones recibidas de la demandante, cuando el contacto en este asunto fue con ella. El abogado Khoury no recordó si hubo una reunión frontal con el demandante o si el contacto fue por teléfono (véase pp. 50, párrafos 1-20).
- Las instrucciones fueron dadas al abogado Khoury por eldemandante, y fue el abogado Hanna quien imprimió el testamento (véase pp. 50, párrs. 23-35).
- El testamento se redactó de acuerdo con las instrucciones del solicitante, cuando no hubo contacto con el fallecido (véase p. 51, párrafos 4-9).
- Antes de la firma del testamento, no se envió al demandante ni al fallecido (véase p. 51, párrafos 10-13).
- El testamento se firmó en la casa del fallecido que vivía en ***** y no en ****** tal y como estaba escrito en el testamento. Los abogados Khoury y Hanna acudieron allí (véase p. 51, párrafos 14-27).
- El abogado Khoury no recordaba si la demandante estaba presente en la firma del testamento (véase p. 51, s. 28-33, p. 63, s. 26-28, p. 65, s. 13-15), y no recuerda si pidió a la fallecida que se identificara ante él en el momento en que se redactó el testamento (véase p. 53, s. 4-14).
- El abogado Khoury declaró que preguntó a la fallecida por qué quería legar todos sus bienes al solicitante, y la fallecida le explicó que confiaba en que la demandante cuidaría de toda la familia, y que no sabía que había disputa en la familia en ese momento (véase pp. 58, párrafos 3-23).
- La fallecida quería conceder la totalidad de la herencia a la demandante, con la creencia de que no privaría a sus hermanos (los opositores) de sus derechos (véase pp. 60, 6-7).
- El testamento fue según lo que la demandante dijo a los abogados Khoury y Hanna, y no se hicieron cambios en la fecha de firma del testamento en la casa del fallecido. Leían el testamento al fallecido y le preguntaban si estaba segura de que quería entregarlo todo al demandante, y el fallecido respondió que sí, porque ella se encargaría de todos (véase pp. 60, 21-27, pp. 73, 17-21).
- El testamento no es falsificado (véase p. 61, párrafos 22-25).
- El abogado Khoury conocía a la fallecida antes de que se redactara el testamento, se reunió con ella y se encargó de varios asuntos para ella (véase pp. 62, párrafos 13-26).
- Cuando el fallecido contactó con el abogado Khoury, fue Normalmente a través del demandante (Véase p. 63 s. 5-8, 13-14).
- En la propia reunión, la fallecida era competente y entendía lo que hacía, y explicó por qué legaba de esa manera (véase p. 63, párrafos 15-23). Cognitivamente, el fallecido hablaba y entendía de qué trataba (véase pp. 78, 33-35).
- Aunque fue el demandante quien llamó al abogado Khoury y le dijo el deseo del fallecido de hacer testamento y su contenido, en las circunstancias del caso el abogado Khoury no vio nada inusual en él, y cuando fue a la casa del fallecido para firmar el testamento, tenía la intención de verificar y explicar el asunto al fallecido (véase pp. 66, 67 Q. 1-7).
- El fallecido leyó el testamento y comprendió lo que estaba firmando (véase p. 68, párrafos 2-5).
- Cuando se le preguntó por qué la demandante presentó una solicitud de orden de herencia a pesar de conocer el testamento, afirmó que aparentemente se había olvidado del testamento (véase pp. 71, párrafos 28-36).
- El abogado Khoury no recuerda el poder notarial irrevocable (que es objeto del procedimiento relacionado) y no lo trató (véase pp. 72, párrafos 5-17).
Testimonio del abogado Maher Hanna
- El demandante trabajó en la oficina donde trabajaba el abogado Hanna, como empleado durante un determinado periodo de tiempo (véase p. 111, párrafos 14-20).
- El abogado Hanna representó al demandante en procedimientos legales durante un largo periodo de tiempo (véase p. 116, párrafos 6-13).
- El abogado no recuerda los detalles del testamento del fallecido, pero ciertamente no habría firmado un testamento cuyo contenido el testador no conoce "en un millón por ciento" (véase pp. 121, 10-27). El abogado reitera que "no hay manera" de que la fallecida no firmara delante de él y no supiera lo que estaba firmando (véase p. 125, párrafos 18-19).
- El abogado Hanna no recuerda las circunstancias de la redacción del testamento del fallecido, pero ve que lo firmó y que la escritura se parece al formato de su ordenador (véase pp. 121, 32-35, pp. 122, 1-10).
- Es razonable suponer que fue el abogado quien imprimió el testamento, ya que está seguro de que el testamento se firmó en la casa del difunto B***** (véase p. 123 de la proclama).
- El abogado reitera que no recuerda las circunstancias (véase p. 124, párrafos 10-20).
- El abogado sostiene que se trata de un testamento estándar con el mismo formato y la misma redacción que utiliza el abogado Hanna (véase pp. 126, párrafos 29-32).
- El testimonio del abogado añadió ambigüedad que ya existe. De hecho, el abogado Hanna testificó que el fallecido entendía el contenido del testamento, pero el abogado Khoury declaró que el testamento se hizo a petición de la demandante y de acuerdo con sus instrucciones.
- Aunque en sus resúmenes la demandante intentó explicar el significado del testimonio del abogado Khoury y rechazó completamente su testimonio de que ella participó en la redacción del testamento, no es imposible concluir que su testimonio es correcto, ya que la demandante trabajó en la oficina del abogado Khoury y Hanna, ella misma es abogada (con licencia para ejercer en el campo en los territorios de Pensilvania), fue quien gestionó todos los asuntos de la familia, incluida la familia extensa (véase su testimonio sobre este asunto en la p. 217 de Perú, en los párrafos 12-17), vivió permanentemente con el fallecido y se encargaba de ella y de sus asuntos de forma regular.
- A esto debe añadirse que el abogado Khoury no tiene interés en el procedimiento y no hay razón para que testifique lo que declaró. El abogado Khoury dejó una impresión fiable y es muy dudoso que peque en su puesto, y como secretario judicial testificará falsamente, según lo cual la demandante participó en la redacción del testamento, mientras que ella no estuvo realmente involucrada.
- En este contexto, en su testimonio, la demandante negó haber sido socia en la redacción del testamento o que tuviera conocimiento de él:
El testimonio del demandante
- La demandante afirma que no sabía nada sobre el testamento en 2014 (véase pp. 208, párrafos 28-35). La primera vez que supo que existía un testamento fue cuando se presentó en el expediente judicial (véase p. 229, párrafos 28-29).
- Según la demandante, la fallecida fue quien redactó el testamento, no tuvo nada que ver con él, no pidió al abogado Khoury y al abogado Hanna que hicieran un testamento por el fallecido, y no estaba presente cuando se firmó (véase pp. 209, párrafos 4-17).
- En sus resúmenes, como se ha indicado, la demandante intentó rechazar el testimonio de la abogada Khoury sobre su participación en la redacción del testamento, y que la fallecida pidió que le concedieran todos sus bienes, sabiendo que los dividiría entre sus hijos (los del fallecido).
- Hasta ahora, me han convencido de que la demandante participó en la redacción del testamento, fue ella quien instruyó al abogado sobre qué debía escribir en el testamento, conocía muy bien su contenido y es la única beneficiaria de todos los bienes del fallecido (el fallecido posee varios bienes inmuebles).
Participación en la redacción del testamento
- Como es bien sabido, la participación en la redacción de un testamento se refiere a las acciones de un beneficiario del testamento (o de su cónyuge) en la preparación o redacción del mismo, y establece una presunción absoluta de influencia injusta, que conduce a la anulación de la disposición del testamento que otorga derecho a la persona implicada, incluso si no se ha demostrado ninguna influencia real.
- El artículo 35 de la Ley de Herencias establece que una disposición de un testamento que otorga derecho a la persona que lo redactó, o presenció su elaboración, o de otro modo participó en su redacción, es nula. Esta disposición establece una presunción absoluta (irrevocable) respecto a la existencia de una influencia desleal, y significa que la propia implicación, tal como se define en el artículo, conduce a la anulación de la disposición del testamento a favor de la persona implicada, y no es posible contradecir esta presunción aunque se demuestre que no hubo influencia desleal en la práctica y que el testamento refleja la verdadera voluntad del testador (véase CA 234/86 Emunah - Movimiento Nacional de Mujeres Religiosas contra Baller (15 de diciembre de 1988) (en adelante: "el caso Blair"); CA 1079/92 Gedalya contra Dali (14 de noviembre de 1993); CA 6496/98 Butto contra Butto (04.01.2000); Shmuel Shiloh Comentario sobrela Ley de Sucesiones, Volumen 1 (1995) | Sección 35: Un testamento en beneficio de la persona que participó en su redacción).
- La frase "participó en su edición" es una expresión flexible, llena de contenido según las circunstancias especiales de cada caso, y la prueba es, en última instancia, la "prueba de sentido común". La jurisprudencia determinó que el artículo 35 debe interpretarse de manera estricta y restrictiva debido a sus duras consecuencias, pero al mismo tiempo, existe una tendencia que permite ampliar el marco interpretativo de "participar de manera diferente" para incluir muchos más casos. La cuestión de si el beneficiario participó en la redacción del testamento será examinada según el grado y la gravedad de la implicación; Cuanto más pesada, burda y profunda sea la implicación y actividad del beneficiario, más tenderá el tribunal a verlo como una invalidación del testamento (véase, por ejemplo, el caso Beller; Benny Don-Yehia, The Theory of Inheritance Law (2024) | Puerta 17 (Objeción a testamentos y cancelación de testamentos).
- Sin embargo, la jurisprudencia ha determinado que no toda acción relacionada con un testamento se considerará implicación que lo descalifice. Sin embargo, en nuestro caso, cuando la demandante es quien instruyó al abogado Khoury sobre qué escribir en el testamento cuando es la única heredera de todos los bienes del fallecido, coordinó la visita a la casa donde vivía el fallecido, una visita destinada a que el fallecido firmara el testamento, todo ello constituye una participación en su preparación de una manera que puede tener una influencia injusta, incluso sin necesidad de probar dicha influencia.
- A esto cabe añadir que el abogado Khoury testificó varias veces que preguntó a la fallecida y ella respondió que había legado sus bienes al demandante ya que ella se encargaría de todos los miembros de la familia. Aunque la demandante rechazó esta afirmación/testimonio en sus resúmenes, dado que era efectivamente quien gestionaba los asuntos legales de la familia, incluida la familia extensa, y dado que hay testimonios externos que lo confirman (el testimonio del abogado Khoury, como se indicó), es más probable que la fallecida realmente concediera sus bienes a la demandante en su testamento cuando confiaba en ella para cuidar de todos sus hijos.
- Sin embargo, este detalle no aparece en el testamento, y es posible que la intención del demandante fuera heredar todos los bienes del fallecido por sí sola.
- Esta sola razón (la implicación en la redacción del testamento bajo influencia injusta) es capaz de anular el testamento.
- En los márgenes de estas palabras, señalaré que surgió la cuestión de por qué el solicitante presentó inicialmente una solicitud de orden de sucesión cuando existe un testamento firmado por el fallecido, pero dado que no tengo respuesta a la pregunta, solo podemos especular sobre cuáles son las causas, aunque la sentencia no puede basarse en conjeturas.
Defectos en el testamento
- Además de lo anterior, durante la audiencia probatoria quedó claro que el testamento tenía defectos formales, como un número de identificación incorrecto y una dirección residencial incorrecta. Si esta fuera una reclamación exclusiva por defectos sin otras reclamaciones, es dudoso que pudiera haberse aceptado, ya que a simple vista son defectos técnicos que pueden corregirse fácilmente, pero dado que tengo la impresión de que la demandante participó en la redacción del testamento, dio instrucciones explícitas a sus redactores sobre cómo legar los bienes del fallecido, esto refuerza la conclusión de que el testamento no constituye el testamento del testador fallecido. y que los fallos son más que "técnicos".
Resumen provisional
- Me parece que la conclusión de que el demandante participó en la redacción del testamento del fallecido es suficiente para lograr su anulación. Sin embargo, dado que esta conclusión se basa únicamente en el testimonio del abogado Khoury, el testimonio es muy importante y sustancial porque él redactó el testamento y fue él quien lo aprobó; en cualquier caso, todos los datos conducen a la conclusión de la influencia injusta del demandante sobre el fallecido: el hecho de que el demandante viviera con ella, el trato que recibió y todos sus asuntos burocráticos, legales y familiares, el hecho de que el deterioro cognitivo del fallecido comenzó ya en 2009, y la conclusión del difunto profesor Maaravi de que la ausencia de un documento que negara su competencia tenía una presunción sobre el fallecido Porque era competente para firmar documentos legales - pero no hay una respuesta inequívoca que confirme que era competente-, la demandante trabajó con los abogados que redactaron el testamento, existen defectos técnicos en el testamento que socavan su validez, el hecho de que la demandante hereda todos los bienes del fallecido.
La regla de los hilos entrelazados
- En LA 4459/14 Anonymous v. Anonymous (Nevo 6.5.2015), se dictaminó la "regla de los hilos entrelazados". Se sostuvo que, aunque los diversos motivos alegados no tienen el poder de invalidar el testamento de forma independiente, es posible que, al entretejer estos fundamentos, surja una imagen más amplia y completa, y de este tejido se puede concluir que hubo una "influencia injusta".
- Este también es el caso en cuestión, y lo anterior es suficiente para llegar a esta conclusión.
Conclusión