Casos legales

Caso de Delitos Graves (Nazeteth) 22205-06-23 Estado de Israel contra Dennis Mukin - parte 50

December 24, 2025
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En el caso Yassin citado anteriormente, se sostinuó, entre otras cosas, en el párrafo 49 de la sentencia lo siguiente:

"En el caso único que tenemos ante nosotros, la secuencia fáctica de los hechos en esos momentos no se aclaró con precisión.  Se determinó que el apuñalamiento ocurrió en relación con algún contacto realizado por el demandado en su intento de quitarle el teléfono móvil al fallecido.  Aunque este contacto no se denomine "lucha", como afirma la opinión minoritaria, no está claro si el lugar del apuñalamiento fue deliberado, por lo que se puede inferir claramente de ello un deseo de matar al fallecido...  Esto contrasta con los casos en los que, junto con una determinación fáctica sobre el lugar del apuñalamiento, existe una base probatoria que indica que el acusado apuntó a ese lugar sensible y vulnerable del apuñalamiento."

  1. Además, se sostuvo en el caso Yassin, entre otros, en la p. 26 de la sentencia, como sigue:

"... También se determinó que el cuchillo estaba en posesión del demandado en el momento del incidente en relación con estos ejercicios de entrenamiento (ibid.).  En otras palabras, no tenemos ante nosotros un caso en el que un acusado haya elegido un medio de muerte de manera inteligente y que quede claro que existe un deseo concreto de matar a una persona."

  1. Véase también la Apelación 25822-09-24 Sharon Sanker contra el Estado de Israel (2 de septiembre de 2025), donde el Tribunal Supremo dictaminó en el contexto del elemento mental entre el delito de asesinato con indiferencia y homicidio negligente y sostinuó, entre otras cosas, lo siguiente (párrafo 27 de la sentencia):

"El fallecido se dio la vuelta y el apelante huyó del lugar, sin mostrar ni un mínimo interés por la situación de la víctima de su apuñalamiento...  En estas circunstancias, debe concluirse que hubo una para el apelante si el fallecido falleció o no; La esperanza de evitar el resultado fatal, como se requiere para actitudes frívolas, no se expresó en sus acciones."

  1. Sí, lo vieron Apelación Penal 320/23 David Ashta contra el Estado de Israel (11 de mayo de 2025), donde se determinó, en el párrafo 3 de la sentencia, entre otros, lo siguiente:

"Al final de un procedimiento probatorio, el Tribunal de Distrito dictaminó que el elemento mental en el que se cometió el delito de asesinato era indiferencia y no intención.  Se sostuvo que cuando se determinó que "el deseo positivo del demandado...  "solo" para herir gravemente al fallecido, y no necesariamente para matarlo, se compromete a determinar que el acusado estaba de igual opinión e indiferencia ante la posibilidad de causar el resultado fatal y la muerte de la víctima apuñalada...  Al mismo tiempo, se enfatizó que no hay razón para atribuir al apelante un elemento mental de frivolidad, ya que su conducta es incompatible con la esperanza de lograr el resultado fatal."

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