Casos legales

Conflicto laboral (Nazaret) 27940-03-20 Dvir Cohen – Amud Farm Ltd. - parte 20

December 24, 2025
Impresión

En general, Noam tiene derecho a una suma de 12.100 NIS por una subvención anual.

A partir de aquí pasaremos a hablar de los componentes que solo reclamó Dvir: la incorporación de una familia, un fondo de estudio y el salario de la "G".

Suplemento familiar

  1. En su declaración de demanda, en su declaración jurada y resúmenes, Dvir presentó su solicitud de un suplemento familiar por un importe de 1.145,5 NIS respecto a un cónyuge desempleado, de acuerdo con la sección 39 de la Orden de Prórroga Administrativa (sección 33 de la reclamación, párrafo  53 de la declaración jurada, párrafo 79 de sus resúmenes).
  2. En la declaración de la defensa y en la declaración jurada del  demandado, los demandados negaron el derecho de Dvir a un suplemento familiar, alegando que había recibido un salario superior al salario arancelario que incluía el suplemento familiar (párrafo 82 de la declaración de defensa, párrafo  88 de la declaración jurada).  En sus resúmenes,  los demandados argumentaron que si el tribunal determina que se aplican las órdenes de expansión en el sector agrícola, los demandados reiteran lo que se ha declarado en sus declaraciones de defensa (sección 20).
  3. En cuanto a nuestra decisión – teniendo en cuenta nuestra determinación anterior, según la cual Dvir tiene derecho a derechos en virtud de la Orden de Prórroga Administrativa además del salario que le paga, y en circunstancias en las que los demandados no tienen derecho al fondo del derecho a un suplemento familiar, hemos decidido aceptar la reclamación de Dvir por la ampliación familiar.
  4. La Sección 33 de la Orden de Prórroga Administrativa establece: "Todo empleado permanente y temporal que esté casado recibirá un suplemento familiar según lo establecido en las tablas salariales y las condiciones correspondientes." El Apéndice A de la Orden de Prórroga Administrativa establece la elegibilidad "para un cónyuge que no sea empleado – NIS 29".
  5. Sabemos que Dvir no presentó ninguna referencia que atestigue el estatus de su esposa como no empleada durante el periodo relevante para su reclamación, pruebas que fácilmente podrían haberse presentado. No obstante lo anterior, dado que la afirmación de Dvir de que su esposa no trabajó durante el periodo relevante no fue contradictoria, decidimos aceptar la reclamación.
  6. Teniendo en cuenta el periodo de empleo de Dvir, que no se convirtió en prescripción, 79 meses (del 03/2013 al 09/2019) y la incorporación de la familia conforme a la orden de prórroga administrativa (29 NIS al mes), Dvir tiene derecho a la suma de 2.291 NIS por la incorporación de una familia, pero dado que se reclama la suma de 1.145 NIS, su reclamación es aceptada íntegramente y le concedemos la suma de 1.145 NIS correspondiente.
  7. En general, se acepta la reclamación de Dvir por un suplemento familiar, por lo que tiene derecho a una suma de 1.145 NIS.

13º salario

  1. En su declaración de reclamación, Dvir presentó su reclamación respecto a un salario de 84.000 NIS, conforme al artículo 47 de la Orden de Extensión Administrativa (sección 51).  En su declaración jurada y resúmenes,  Dvir situó su reclamación en 74.029 NIS, o alternativamente en la cantidad de  741 NIS (párrafo 58 de su declaración jurada, párrafo 80 de sus resúmenes).  A su declaración jurada, Dvir añadió un cálculo (Apéndice 12).
  2. En su declaración de defensa, los demandados negaron el derecho de Dvir al decimotercer salario (párrafo 86 de la declaración de defensa), y en la declaración jurada del demandado se alegó que Dvir no tenía derecho al decimotercer salario, ya que recibía subvenciones anuales.  Según los demandados, en 2017 el demandado pagó 10.000 NIS a Dvir por el vehículo que adquirió, y el 14 de noviembre de 2019 pagó un total de 7.000 NIS.  Los demandados se refirieron a la correspondencia que se adjuntó como Apéndice 15 a la declaración jurada  del demandado.
  3. En cuanto a nuestra decisión, tras examinar los argumentos y pruebas de las partes, decidimos aceptar la reclamación y cobrar al demandado la suma de 69.154 NIS por el 13º salario, como se detalla a continuación.
  4. No se nos ha convencido de que los demandados pagaran dinero a cuenta o para el salario de Y3, tanto porque esta reclamación se planteó primero en la declaración jurada del demandado como, dado que es una ampliación de una fachada prohibida, esto es suficiente para desestimarla. Sin embargo, la ley de esta reclamación también es rechazada por el fondo, ya que el pago de 10.000 NIS a Dvir por un vehículo no se probó en absoluto.  De hecho, un examen de la correspondencia adjunta como Apéndice 15 a la declaración jurada del  demandado muestra que la suma de NIS 13.000 fue transferida a Noam y Dvir (véase correspondencia con Noam en la p. 123, correspondencia con Dvir en la p. 122), pero no es posible concluir a partir de estas correspondencias que se trate de un pago adicional que no esté relacionado con el salario básico, como se desprende de la correspondencia entre Dvir y el demandado (p. 122).
  5. La sección 47 de la Orden de Prórroga Administrativa establece: "Los empleados recibirán un decimotercer salario, que se les pagará en 12 cuotas mensuales o dos veces al año; en los lugares donde se haya pagado una subvención, el pago del decimotercer salario será sustituido por una subvención, siempre que los empleados reciban una cantidad no inferior a la cantidad del decimotercer salario." De lo anterior se deduce que Dvir no tiene derecho al doble pago de una subvención anual y de un decimotercer salario, y dado que no se reclama una subvención anual, el derecho de Dvir al decimotercer salario no se vio afectado en absoluto.
  6. Los cálculos de Dvir, que se adjuntaron en el Apéndice 12 a su declaración jurada, no nos resultan aceptables, ya que desde 2016 hasta el final de su empleo, Dvir exigió un salario anual de 12.000 NIS, en contraste con el salario que fijamos en 11.500 NIS. A continuación se presenta el cálculo que hicimos:
Año Salario fijo (₪) Salario de 13 NIS
2013 9,028 9,028
2014 8,745 8,745
2015 8,256 8,256
2016 11,500 11,500
2017 11,500 11,500
2018 11,500 11,500
2019 11,500 8,625

Parte previa1...1920
21...25Próxima parte