Casos legales

Caso civil (Jerusalén) 46640-02-22 Yarden Medici vs. Barzili Dafna Gilad & Boaz – Firma de contabilidad - parte 13

December 24, 2025
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Respecto a la violación de las disposiciones, la Sección 4 de la ley que se aplicará, entre otras cosas, Sección 12(b) y15 de la Ley de Contratos, y Sección 9 Derecho Concede al tribunal amplios poderes para modificar el contrato y conceder otros recursos.  Entre otras cosas, el tribunal puede "cancelar el contrato o la condición o modificarlo, todo en la medida necesaria para ajustarlo a los requisitos de la ley, y según sea el caso", y "ordenar la devolución de cualquier suma que el prestamista haya recibido del prestatario que no cumpla con las disposiciones de esta ley...  y para dar cualquier otra instrucción que parezca justa dadas las circunstancias del caso." Las diferentes rutas Véase Apelación Civil 8222/19 Peretz contra Pond, párrafo 18 (7 de diciembre de 2020)).

El Tribunal Supremo señaló que en el ejercicio de la autoridad bajo Sección 9 Ley de Crédito Justo, Consideraciones similares a estas Que se pesan al decidir la cuestión de las consecuencias de un contrato ilegal en general.  Respecto a dicho contrato, el otorgante La Ley de Contratos El tribunal tiene amplios y flexibles poderes para "alcanzar un resultado que dé suficiente peso a la ilegalidad del acuerdo y, al mismo tiempo, haga justicia dadas todas las pruebas y hechos necesarios en el asunto" (Nombre, párrafo 33).  Se señaló que debe tomarse en cuenta, entre otras cosas, "el grado de ejecución del contrato, el grado de gravedad de la ilegalidad, el grado de culpabilidad relativa en la conducta de las partes del contrato y su buena fe, las consecuencias del cumplimiento o incumplimiento del contrato en los intereses de terceros, y más" (Nombre, párrafo 32).

  1. En este caso, En efecto Existe cierta ambigüedad en cuál de las disposiciones del segundo acuerdo se refieren al interés respecto a la tercera parte del préstamo (véanse capítulos e(2)(2)(3)-(4), párrafo 75 y más adelante).

Sin embargo, la impresión es que esto es una falta de claridad creada por la redacción de la Meticuloso, y no de mala fe; Actuará de acuerdo con la obligación de los demandados, ya que tuvieron prioridad en la elaboración de los términos del acuerdo (como se indica en una nota al pie 9 arriba); Y en mi opinión, específicamente respecto a la cantidad de intereses por la suma de 2.700.000 NIS, que los demandantes solicitan reducir, no hay ambigüedad, ya que se trata de un interés en una cantidad clara y especificada.

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