(g) Caso penal (Shalom J.M.) 28998-04-13 Estado de Israel contra Abunjema (18 de febrero de 2015) - El acusado fue condenado, según su confesión, como parte de un acuerdo de culpabilidad, por obstrucción a la justicia, al intentar ocultar el hecho de que un vehículo en el que un conductor sin seguro válido estuvo involucrado en un accidente de tráfico en el que murió un peatón. En la sentencia, se determinó que "Los tribunales suelen imponer penas por el delito de obstrucción a la justicia que van desde un castigo tangible sin una pena real de prisión hasta unos pocos meses de prisión, todo ello teniendo en cuenta las circunstancias del acto y las circunstancias del autor" (párrafo 6). A la luz de la confesión del acusado y sus circunstancias personales, y a pesar de su historial criminal, fue condenado a 30 días de prisión para cumplir servicios comunitarios. El tribunal tuvo en cuenta su voz al afirmar que "El acto de obstrucción a la justicia cometido por el acusado no causó daños significativos, ya que unas cinco horas después del accidente, el amigo del acusado entregó el coche a la policía" (ibid.). Como se ha señalado, en nuestro caso también, el único daño práctico descrito en la acusación enmendada como resultado de los delitos de obstrucción por los que Fischer fue condenado es el aplazamiento de la fecha de la "ruptura" de la investigación en el caso "Ma'aseh Nissim" por unos días.
(8) Otro recurso penal (Distrito de Nazareth) 276/08 Asban contra el Estado de Israel (16.12.2008) - El apelante fue condenado por obstrucción a la justicia y amenazas al llamar a su exmujer y amenazarla cuando presentó una denuncia contra él ante la policía; Más tarde, llamó a su hermana y le dijo que hablara con la denunciante para que cancelara la denuncia; Y tras la conversación, el denunciante sí retiró la denuncia. El Tribunal de Magistrados le condenó a 12 meses de prisión, de los cuales 6 meses estaban en vigor y el resto suspendido; Además, ordenó imponerle una condena suspendida de 6 meses en un caso anterior, superpuesta y acumulativa, de modo que cumpliera un total de 8 meses de prisión. El Tribunal de Distrito rechazó la apelación contra la condena por obstrucción a la justicia (la condena por amenazas se acordó en un acuerdo de culpabilidad). En cuanto al castigo, a la luz de las circunstancias de la comisión de los delitos y la posición del denunciante, se decidió reducir la pena y fijar la pena de prisión, incluida la imposición concurrente de la pena condicional, en 6 meses de prisión con servicio comunitario. Una solicitud de permiso para apelar presentada ante el Tribunal Supremo fue rechazada (Autoridad de Apelación Penal 2500/09 Asban contra el Estado de Israel (25.3.2009)).