Casos legales

Tribunal Superior de Justicia 244/23 Asociación por los Derechos Civiles en Israel contra la Policía de Israel - parte 10

December 14, 2025
Impresión

Detener a un sospechoso con fines de aclaración de identidad y para fines de investigación

  1. El policía [...] Si una persona sospecha que ha cometido un delito o que existe una alta probabilidad de que esté a punto de cometer un delito pronto, puede detenerla para determinar su identidad y dirección, y también puede detenerla para interrogarla o para recopilar su testimonio sobre el lugar donde se encontra.

Si es así, dentro del marco de la propuesta La Ley de Arrestos Un umbral de "Sospecha"solo, con el propósito de aclarar la identidad de una persona sospechosa de haber cometido un delito en el pasado; y un techo de "Alta probabilidad"cometer un delito "lo antes posible", con el fin de aclarar la identidad de una persona sospechosa de cometer un delito en el futuro.

Posteriormente, en el marco de las discusiones en la Comisión de Constitución, Ley y Justicia, en preparación de la La Ley de Arrestos Para la segunda y tercera lectura, se discute extensamente la cuestión del umbral requerido para el ejercicio de la autoridad conferida en la sección mencionada de la ley (véase, por ejemplo, el acta de la 56ª sesión del Comité de la Constitución, la Ley de Ley, la 14ª Knéset (4 de marzo de 1997), pp.  10-22; las actas de la 64ª sesión de la Comisión de Constitución, la Ley de Ley, la 14ª Knéset (18 de marzo de 1997) (en adelante: Transcripción del 18 de marzo de 1997), pp.  5-20).  Entre otras cosas, en estas audiencias, los representantes policiales señalaron que el umbral de "alta probabilidad" plantea una dificultad; y sugirió que se estableciera un umbral de "sospecha razonable" en su lugar (transcripción del 18 de marzo de 1997, p.  20) - Una oferta que finalmente fue aceptada.

  1. Así, el umbral explícito de "base razonable para la sospecha", que se establece con el propósito de ejercer el poder de detener a un sospechoso o testigo para exigirle que se identifique, refleja el punto de equilibrio establecido por el legislador para este conjunto de circunstancias, entre la necesidad de permitir que la policía desempeñe adecuadamente sus funciones y la necesidad de proteger los derechos individuales. Como se explicó anteriormente, este umbral se determinó por seriedad y consideración de las posiciones relevantes, en el marco de las discusiones que tuvieron lugar sobre este tema durante el proceso legislativo, de una manera que refuerza la conclusión de que la "elución" de ese umbral no debería permitirse mediante la interpretación de la autoridad general En la sección 2 a la Ley del Documento de Identidad.
  2. En un intento de superar dicha dificultad, el Demandado argumenta que los poderes que le fueron otorgados En secciones 68-67 Derecho Los arrestos "muy por encima de la autoridad" para exigir identificación; y que, por tanto, estos artículos no pueden servir como base para concluir que el ejercicio del poder de exigir a una persona que se identifique, en virtud de Sección 2 La ley, en las circunstancias especificadas en la sección 4a(5) del procedimiento, está condicionada a una "base razonable para la sospecha".

No puedo aceptar este argumento.

  1. Como se detalla arriba, el conjunto de circunstancias descritas En secciones 68-67 Derecho Los arrestos Es esencialmente idéntico al descrito en la sección 4a(5) del procedimiento y trata sobre sospechas de que se ha cometido o está a punto de cometerse un delito. Respecto a este conjunto de circunstancias, Sección 67 Derecho Los arrestos Establece que la autoridad para "detener a un sospechoso en el acto" se establecerá para uno de dos propósitos: "Para averiguar su identidad y dirección o para interrogarle y entregarle documentos, dónde está", pero con la condición de que "el policía Motivos razonables para sospechar".  Si es así, según Sección 67 Derecho Los arrestos, la autoridad para detener a un sospechoso con el fin de determinar su identidad y dirección - También es la autoridad prescrita, esencialmente, en la sección 4a(5) del Procedimiento - Cintura, Per se, en la existencia de una "base razonable para sospechar".
  2. Debe enfatizarse: eliminado Los arrestos Y por el proceso de su legislación, queda claro que la legislatura se refiere a la clarificación de la identidad de una persona como el principal y distinto propósito del "retraso".

Primero, cabe señalar que La Ley de Arrestos Define "Retraso" como "Restricción de la libertad de movimiento de una persona por sospecha de que se ha cometido un delito o para impedir la comisión de un delito Cuando la restricción de la libertad está precalificada Con el tiempo Y absolutamente, todo es como se dice en este capítulo".  Si es así, le-khatḥila el legislador define "retraso" como una acción con objetivos específicos, que se especificarán en el Capítulo 3' a la ley Los arrestos que se refieren a la "demora", incluyendo Secciones 68-67 a la Ley de Arrestos.  Como se detalla anteriormente, estas secciones definen la "identidad y aclaración de dirección" como uno de los dos propósitos del poder de detener a un sospechoso o testigo, y determinan que es una condición para el ejercicio de dicho poder - En relación con cada uno de los dos objetivos - Es la existencia de una "base razonable para sospechar".

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