Retraso en el lugar
- (a) Se convierte en agente de policía Motivos razonables para sospechar que se ha cometido un delito, puede detener a una persona que le proporcione información relacionada con ese delito, Para averiguar su identidad y dirección y para interrogarle en el lugar donde fue encontrado; También puede citarlo a una comisaría cercana en una fecha razonable que se determine para llevar a cabo dichas acciones.
(b) [...]
- Si es así, Sección 67 Derecho Los arrestos establece un acuerdo explícito específico, según el cual un agente de policía puede exigir que una persona sospechosa de cometer un delito se identifique, solo si el agente de policía ha "Base razonable sospechar" que la persona ha cometido, o está a punto de cometer, un delito. Además Sección 68 establece que un agente de policía puede exigir a una persona - que pueda proporcionar información relacionada con un delito que se sospeche que se ha cometido - Identifícate, si es que lo hay."Base razonable"a esta sospecha. Como se detallará más adelante, esta condición de "base razonable para la sospecha" es la fórmula establecida por el legislador para equilibrar la necesidad de dotar a la policía de herramientas para cumplir con sus deberes y la necesidad de proteger los derechos humanos.
00 En cambio, la sección 4A(5) del Procedimiento expresa una interpretación de Sección 2 según la ley, según la cual un agente de policía está autorizado a exigir a una persona que se identifique mediante una tarjeta de identidad, también debido a "Preocupación" - lo cual no necesariamente constituye una "base razonable para sospechar" - que esa persona ha cometido, o está a punto de cometer, un delito; o que se cometió un delito que la persona presenciara.
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- Así, en la práctica, el artículo 4a(5) del procedimiento, que basta con la existencia únicamente de un "temor" a la comisión de un delito, reduce el umbral explícito establecido por la legislatura En secciones 68-67 Derecho Los arrestos - "Base razonable para sospechar" - Con el propósito de ejercer el poder de exigir a una persona que se identifique en caso de sospecha de haber cometido un delito. Así, esta sección del procedimiento hace que la fórmula de equilibrio mencionada anteriormente establecida en las secciones mencionadas de la Ley careza de sentido Los arrestos, de una manera que es incompatible con las reglas de interpretación que se nos aplican, como se explicó antes. Por lo tanto, de acuerdo con estas normas, el Hacia el tramo 2 La ley tiene el significado que se le atribuye en el apartado 4a(5) del procedimiento.
- Esta conclusión puede aclararse desde otro ángulo.
Aceptación de la interpretación atribuida en la sección 4a(5) del procedimiento Hacia el tramo 2 La Ley de la Tarjeta de Identidad conducirá a una contradicción entre él y el Secciones 68-67 Derecho Los arrestos. Así, aunque estas últimas secciones exigen la existencia de una "base razonable para la sospecha" como condición para exigir la identificación de un sospechoso en la comisión de un delito, la sección 2 de la ley - De acuerdo con su interpretación y conforme al artículo 4A(5) del Procedimiento - Para ello, solo requiere "miedo", que no equivale a "motivos razonables para sospechar". Como es bien sabido, dicha contradicción entre las disposiciones de una ley normativa de igualdad de estatus se decidirá según dos reglas principales: prevalece la legislación tardía sobre la anterior; Y la disposición especial prevalece sobre la general (véase, entre muchas: Tribunal Superior de Justicia 6299/21 Asociación de Abogados para la Promoción de la Buena Administración contra el Ayuntamiento Local de Kaabia Tabash Hajjara, versículo 43 [Nevo] (8.11.2023) (en adelante: Tribunal Superior de Justicia 6299/21); Tribunal Superior de Justicia 5555/18 Diputado Akram Hasson contra Knéset de Israel, párrafo 6 de la sentencia del juez v. Hendel [Nevo] (8 de julio de 2021) (en adelante: Interés La Ley del Estado-Nación); Relámpago - Teoría de la Interpretación General, p. 540).