Casos legales

Caso penal (Tel Aviv) 4637-12-15 Estado de Israel – Fiscalía del Distrito de Tel Aviv (Fiscalidad y Economía) contra Binyamin Fouad Ben-Eliezer (procedimientos detenidos por fallecimiento El Demandado) - parte 105

August 28, 2019
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No puedo aceptar el argumento de la defensa.

  1. En una apelación penal 534/78 Cobilio contra el Estado de Israel [Publicado en Nevo] (31 de diciembre de 1979) El Tribunal Supremo se refirió a la interpretación amplia que debe adoptarse en el contexto de la palabra "acción relacionada con su posición".

Se celebró de la siguiente manera:

"A la luz de lo anterior En la sección 294(IV)(2) Por favor, lee Sección 290(Un), como si dijera que se refiere a un servidor público que acepta un soborno por una acción relacionada con su cargo, aunque dicha acción no esté dentro de su autoridad y aunque no se le permita realizarla.  La interpretación obvia de esto es que el término "acción relacionada con su puesto" no puede coincidir no solo con el sistema definido de las funciones del empleado, sino también con otras acciones que se lleven a cabo en relación con el trabajo, aunque estén fuera del alcance de la autoridad del empleado, y solo, como se ha indicado, existe una relación con el hecho de que el destinatario del soborno ocupa un determinado puesto".

Y:

"Es posible que el argumento de que el En la sección 294(IV)(2) No se refiere a los casos en los que se haya tomado una acción fuera del marco de los poderes y competencias del empleado, sino a casos en los que aún no existe una base formal para el estatus del empleado, como cuando la carta de nombramiento aún no se ha emitido o cuando existen otras deficiencias similares en la certificación.  Este argumento no me resulta aceptable, ya que el legislador consideró oportuno relacionarse con las circunstancias descritas en las que existe un defecto en el proceso de nombramiento, estableciendo una disposición explícita, cuando determinó en el artículo 294(d)(1) que en un juicio por soborno, el tribunal no necesitará alegar que hubo un defecto o impropiedad en la imposición del cargo al solicitante, ni en su nombramiento ni en su elección.  Se encuentra otra disposición relacionada con este asunto En la sección 294(III).  De esto se deduce que las palabras "no fue autorizado ni autorizado para realizar la acción" deben interpretarse literalmente y colocarse, como ya se ha dicho antes, junto a las palabras "una acción relacionada con su posición".  Esto significa que la conexión con el puesto no tiene que expresarse específicamente en una acción que implique los poderes, deberes o deberes del empleado".

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