Hay una razón para el argumento de la defensa de que la fiscalía no presentó pruebas sólidas que disiparan la niebla fáctica.
Así, por ejemplo, Yariv no fue citado a testificar, y su versión no puede ser utilizada, si es que se tomó. No veo necesario abordar el argumento de la defensa de que esta dificultad debe atribuirse al deber de la fiscalía, ya que, sea así o no, en la práctica la dificultad para aclarar la niebla fáctica sobre la transferencia del dinero se creó por la mera ausencia de una versión en nombre de un adversario.
No hay disputa en que durante el transcurso del juicio no se presentaron extractos bancarios, ni del acusado ni de un adversario, que pudieran haberse utilizado para examinar la reclamación, y esto también es suficiente para mantener intacta la ambigüedad fáctica. Este hecho es de gran importancia, ya que según el demandado, y en la medida en que hubiera transferido tal suma al adversario, lo habría hecho mediante una transferencia bancaria ordenada, como hizo cuando Ben-Eliezer le pidió que le transfiriera una suma con el fin de ayudar en la compra de un apartamento, y como hizo con muchos préstamos que concedió a otras personas y que fueron probados en el caso de la defensa.
Durante su interrogatorio, y así me dio la impresión de que el acusado intentó recordar de forma auténtica la cuestión de si había transferido una suma de dinero al adversario, cuando afirmó que, incluso si lo hacía, no había nada de malo en ello. En este contexto, un examen de la conducta del acusado durante el interrogatorio muestra que el acusado instó a los investigadores a aclarar el asunto con Yariv (P/2A, p. 15, s. 30), y en su interrogatorio posterior incluso pidió a los interrogadores que le permitieran hablar con el Sr. Yigal Asraf, que gestiona su cuenta bancaria en Suiza, para comprobar si había transferido dinero a Yariv. Los investigadores prohibieron al acusado realizar dicho examen (P/3A, p. 8, s. 10 - p. 9, s. 10), y como expliqué antes, no se presentó ningún examen independiente realizado por la unidad investigadora en relación con dicha suma con la misma parte especificada por el acusado u otra como prueba.