"... Le pregunto, le pregunto sobre las características, y le digo quién, quién puede hablar de ello, quién puede hablar de ello, y entonces lo entiendo, y solo entonces hablamos de testigos y recibo los nombres y pregunto qué puede hacer cualquiera" (Prov. p. 1548, s. 27).
- Aunque no haya ninguna razón para cuestionar el testimonio del abogado del acusado en la apelación fiscal, según la cual fueron ellos quienes eligieron a Ben-Eliezer de la lista de posibles testigos que se formó junto con él, e incluso si estoy dispuesto a asumir que la elección de su abogado se basó principalmente en consideraciones profesionales relacionadas con el contenido del testimonio, no puedo aceptar la conclusión de la defensa sobre "distanciamiento" respecto a la implicación del acusado y especialmente en lo que respecta a su estado mental.
Lo explicaré:
La conciencia del acusado sobre la posibilidad de que el procedimiento fiscal requiriera la presentación de pruebas y testimonios, y su comprensión de que Ben-Eliezer podría actuar como testigo eficaz, se cristalizaron a finales de 2010, incluso antes de que el nombre de Ben-Eliezer apareciera como posible testigo "oficialmente" (durante las reuniones con el abogado Sharon).
Lo anterior es suficiente para que la forma en que Ben-Eliezer fue elegido de "testigo potencial" a "testigo real" en 2013 tenga poco peso, pero la forma de selección también es coherente con mi conclusión respecto al interés del demandado de que una persona como Ben-Eliezer deba respaldar sus afirmaciones.
No hay disputa en que durante las reuniones con el abogado Sharon, fue el acusado quien mencionó el nombre de Ben-Eliezer como posible testigo, sin afirmar que había realizado una "investigación preliminar" con él sobre su disposición a testificar, e incluso antes de enviar a su abogado con el propósito de formular la declaración jurada. Esta acción puede interpretarse como un reflejo de la confianza del acusado en que Ben-Eliezer, un hombre ocupado según todos los informes, cooperaría en la presentación de una declaración jurada y, posteriormente, en la presentación de testimonios en el procedimiento legal.