Casos legales

Apelación Penal 4596/05 Rosenstein contra el Estado de Israel P.D. S(3) 353 - parte 19

November 30, 2005
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¿Y cuáles son esas consideraciones? Aunque la lista no parece exhaustiva, se pueden enumerar las siguientes: la naturaleza del acto para el que se solicita la extradición, incluyendo la política de cumplimiento adecuada en su contexto; el grado de conexión entre el acto y los sistemas jurídicos del estado solicitante y el estado solicitado; el cumplimiento, en un caso particular, de los requisitos de las leyes de extradición, incluidos los del derecho contractual; la capacidad de asegurar a la persona cuya extradición se solicita, la existencia de un proceso legal justo en el estado solicitante; el interés público en la cuestión de la extradición y el equilibrio adecuado entre esta y el derecho constitucional de una persona a no serlo Enmarcado; Consideraciones sobre el estatus, soberanía y relaciones internacionales de Israel, incluyendo consideraciones de reciprocidad.  Por tanto, procederé a examinar la parashá ante nosotros a la luz de estas consideraciones, y no necesariamente según el orden en que acaba de presentar.

Aplicación de las leyes penales

  1. Uno de los fundamentos del derecho penal, aparte del elemento de la ley y la aplicabilidad del tiempo, es la aplicabilidad desde el punto de vista del lugar. Me refiero tanto a la aplicación de la ley local sustantiva como a la existencia de jurisdicción para los tribunales.  En los casos penales, la jurisdicción siempre es resultado de la aplicación de la ley, en el sentido de la cuerda que sigue al cubo.  Es difícil conciliar la posibilidad de que una instancia judicial en un sistema jurídico aplique a un asunto ante él un derecho penal sustantivo de otro sistema (véase: Apelación Penal 135/70 Estado de Israel contra Aziza (en adelante – Parashat Aziza [21]), p. 419; Apelación Penal 7230/96 Anónimo contra el Estado de Israel (en adelante – Parashat Apelación Penal 7230/96 Anónimo [22]), p. 521.  Y también: S.Z. Feller "'Jurisdicción penal: Límites y restricciones' - Si y dónde están" (en adelante – Feller "Jurisdicción Penal") [130]), p. 586; M Narradores del impacto del procedimiento de elección de la ley Sobre la jurisdicción internacional [126], p. 168).

Está claro que el sistema legal no puede, ni pretende aplicarse, a todas las acciones del mundo.  Por tanto, es habitual exigir, como condición para su aplicabilidad, la existencia de  una conexión entre el sistema jurídico y la ley que se examina.  Esta conexión es un "enlace de enlace" o un "puente normativo", en palabras de mis colegas

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