Ampliación de la aplicabilidad y el derecho a un juicio justo
- Esta última conclusión plantea la cuestión de la conexión entre la ampliación de la aplicabilidad y el derecho a un juicio justo. ¿Viola este derecho la aplicación de los principios de un sistema jurídico fuera de su ámbito habitual, mientras atrapa en su red a quienes normalmente no estarían atrapados en él? Esta cuestión ha surgido en la legislación estadounidense en varias ocasiones, y voy a aportar algunos puntos sobre cómo se trató allí, para que podamos incorporar parte de ella a nuestra ley.
La ley estadounidense prohíbe ampliar la aplicación cuando viole los derechos básicos de la persona, incluido el derecho al debido proceso consagrado en la Quinta Enmienda de la Constitución de EE. UU. Se celebró así:
"Mientras el Congreso haya indicado expresamente su intención de llegar a tal conducta, 'un tribunal estadounidense estaría obligado a seguir la dirección del Congreso a menos que esto viole la cláusula de debido proceso de la Quinta Enmienda'" (Estados Unidos contra Pinto-Mejía (1983) [102], en p. 259; Énfasis añadido - E.E.L.).
Esas ampliaciones de afiliaciones son la base fundamental para la constitucionalidad de la expansión. Establecen el "nexo suficiente" entre un acto criminal y el estado, que es exigido por la jurisprudencia estadounidense para la aplicación de la ley extraterritorial que cumpla con el requisito de debido proceso:
"para aplicar extraterritorialmente una ley penal federal a un acusado conforme al debido proceso, debe existir un nexo suficiente entre el acusado y los Estados Unidos... de modo que tal solicitud no fuera arbitraria ni fundamentalmente injusta"
(Estados Unidos contra Davis (1990) [103], en pp. 248-249; Énfasis añadido - E.E.L.).
El significado de la expresión "conspiración suficiente" y su definición han sido discutidos por los tribunales estadounidenses en varios casos que principalmente se relacionaban con el contrabando de drogas a gran escala. Su examen no revela una uniformidad completa. En uno de los casos, se determinó que esta demanda se basa en el principio de soberanía estatal y en la expectativa de una persona de que no estará sometida a una ley extranjera. Por tanto, la ampliación solo se justifica cuando existe una conexión entre la conducta delictiva y Estados Unidos en la medida en que justifica la protección de los intereses estadounidenses (Estados Unidos contra Caicedo (1995) [104], en p. 372. En contraste con esta definición relativamente amplia, que parece permitir la aplicación de la ley estadounidense a un espectro muy amplio de actos que ocurren fuera del territorio, se sostuvo en otro caso que, para probar una "conexión suficiente", debe demostrarse que la conducta delictiva era conocida, o debería haber conocido, consecuencias dentro del territorio de Estados Unidos (Estados Unidos contra Kahn (1994) [105], en p. 429, y véase también Estados Unidos contra Klimavicius-Viloria (1998) [106], en p. 1257).
- Ya sea en su definición amplia o en su definición restringida, el requisito de "conexión suficiente" está relacionado con el elemento del "riesgo voluntario" del infractor. Se basa en la suposición de que una persona cuyos actos malvados han tenido impacto en el territorio de un país extranjero se ha expuesto a la justicia según sus leyes, y ya no puede alegar que su juicio allí sea injusto. En este sentido, el Tribunal de Apelaciones de EE. UU. escribió en su audiencia sobre la apelación de ciudadanos extranjeros condenados por su implicación en el atentado de 1993 contra el World Trade Center en Nueva York y por conspiración para derribar un avión estadounidense en Filipinas:
"Solicitando... [el nexo suficiente - E.E.L.], parece claro que la afirmación de jurisdicción sobre los demandados era totalmente coherente con el debido proceso... Dado el efecto sustancial que pretendía su ataque contra Estados Unidos y sus ciudadanos, no se puede argumentar seriamente que la conducta de los acusados fuera tan desvinculada de los intereses estadounidenses como para que su enjuiciamiento fuera arbitrario o fundamentalmente injusto. Como consecuencia, concluimos que procesar a los acusados en Estados Unidos no violó la Cláusula del Debido Proceso" (United StatesEstados Unidos contra Yousef, supra , [73], en p. 112).