Casos legales

Audiencia adicional del Tribunal Superior de Justicia 70105-05-25 Gobierno de Israel contra Louis Brandeis Institute for Society, Economics and Democracy, The College of Management Academic Track, fundado por la Burocracia de Tel Aviv

February 3, 2026
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El Tribunal Supremo, que se reúne como Tribunal Superior de Justicia

Audiencia adicional 70105-05-25

 

 

 Antes: El Honorable Presidente Yitzhak Amit El Honorable Vicepresidente Noam Sohlberg El Honorable Juez Dafna Barak-Erze El Honorable Juez David Mintz El Honorable Juez Yael Willner

 

Solicitantes: 1. Gobierno de Israel

2. El Primer Ministro

 

Contra

 

 
Encuestados: 1. El Instituto Louis Brandeis para la Sociedad, la Economía y la Democracia, la Facultad de Gestión en la Carrera Académica, fundado por la Burocracia de Tel Aviv

2. Manor Center de la Century Initiative Ltd.

3. El Movimiento por un Gobierno de Calidad en Israel

4. El nuevo Sindicato General de Trabajadores

5. El Fiscal General

 

 
  Audiencia adicional de   la sentencia del Tribunal Supremo (Presidente Y. Amit, Vicepresidente contra Sohlberg, y juez D. Barak-Erez) del 12 de mayo de 2025 en el caso 37830-08-24 del Tribunal Superior de Justicia, en el  caso 41730-08-24 y en el  caso 49541-08-24   
Fecha de la reunión: 28 Elul 560Sentencia Declarativa – General (21 de septiembre de 2025)  
En nombre de los solicitantes:

 

Abogado David Peter
En nombre de los demandados 1-2:

En nombre del Demandado 3:

En nombre del Demandado 4:

En nombre del Demandado 5:

Abogado Gilad Barnea

El abogado Tomer Naor; Adv. Rotem Bavli Dvir

Abogado Ronen Brumer; Abogada Tamar Rotenberg

Abogado Shosh Shmueli

 

 

 

Sentencia

 

 

Juez David Mintz:

Audiencia adicional de la sentencia de este tribunal del 12 de mayo de 2025 En un caso del Tribunal Superior de Justicia 37830-08-24, En un caso del Tribunal Superior de Justicia 41730-08-24 Y en el caso Tribunal Superior de Justicia 49541-08-24, en la que se aceptó una opinión mayoritaria (el Presidente Y. Amit y el juez D. Barak-Erez, en contra de la opinión disidente de Vicepresidente v. Solberg) Peticiones contra decisiones gubernamentales que establecen un mecanismo para el nombramiento del próximo comisionado del servicio civil (en adelante: La sentencia que es objeto de la audiencia adicional o La sentencia).

El asentamiento otomano [Versión antigua] 1916       En el centro de nuestro caso hay un nuevo precedente emitido ante este Tribunal, según el cual el nombramiento de un comisionado del servicio civil depende de la existencia de un procedimiento competitivo.  Esta norma modifica una sentencia anterior de este tribunal de hace solo unos años; Y no hay, ni puede discutir, su importancia y las repercusiones de sus efectos en relación con el servicio público en Israel.  Por lo tanto, he decidido ordenar una audiencia adicional de la sentencia, y por tanto de esta sentencia nuestra.

34-12-56-78 Chéjov contra el Estado de Israel, P.D. 51 (2)

Introducción

  1. Los métodos de nombramiento para cargos en la función pública están regulados por la Ley de Cargos (Nombramientos), 5719-1959 (en adelante: la Ley de Nombramientos o la Ley).   El artículo 19 de la ley establece que la principal forma de nombrar empleados en el servicio público es mediante una licitación pública.  Al mismo tiempo, la ley establece una exención legal de licitación para varios puestos específicos, y también permite al gobierno, en el artículo 21, determinar empleos y tipos de empleos a los que no se aplicará la obligación de licitación.  Disposiciones adicionales de exención de licitación están consagradas en otras leyes.
  2. Por regla general, los candidatos a puestos superiores en la administración pública que estén exentos de licitación son examinados por uno de tres tipos de comités:

Comité de Nombramientos - Un comité que examine las cualificaciones y idoneidad del candidato para el puesto, tras haber formulado una recomendación para su nombramiento por parte del organismo designador.  Los miembros del comité incluyen al Comisionado de la Función Pública (en adelante también: Comisionado de Servicio o El Comisionado) que ejerce como presidente del comité, y dos figuras públicas.  Estos representantes se seleccionan de una lista de ocho figuras públicas formulada por el Primer Ministro tras consultar con el Fiscal General y el Comisionado de la Función Pública.  Estos deben tener conocimientos o experiencia en los campos de la administración pública, sin afiliación personal, empresarial o política a un miembro del gobierno (Resolución 4892 del 27º Gobierno "El Comité de Nombramientos Presidido por el Comisionado de la Función Pública - Enmienda a la Decisión del Gobierno nº  516 del 14 de agosto de 1960" (7 de marzo de 1999)).  El comité establece criterios para examinar la idoneidad del candidato para el puesto, examina las necesidades especiales del puesto, se acerca a los recomendadores, entrevista al candidato y, finalmente, remite su recomendación al órgano designador (Directiva 1.3 del Comisionado de la Función Pública, "Procedimiento para el Trabajo del Comité de Nombramientos" (1 de enero de 2019)).

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