Casos legales

Demanda civil en audiencia rápida (Herzliya) 27393-07-23 Kol Ramama Ltd. contra Homey Social Mortgages Ltd.

February 11, 2026
Impresión
Tribunal de Magistrados de Herzliya
Reclamación civil en audiencia rápida 27393-07-23 Kol Barama en apelación fiscal vs. Social en apelación fiscal y otros.

Carcasa exterior:

 

Antes Honorable Registradora Senior Sabine Ohana

 

 

El demandante

 

Voz de Nivel A en Apelaciones Fiscales

Por  el abogado Shai Rubinstein

 

Contra

 

Los demandados 1.  Hipotecas sociales en apelaciones fiscales – Sentencia dictada

2.  Guy Saad

Por el abogado Zach Biton

 

Sentencia

  1. ante una reclamación monetaria por un importe de ILS 34.575 respecto a la deuda de los demandados con el demandante.

Antecedentes y argumentos de las partes

  1. Según lo que se indica en la demanda demandante, el demandante, una empresa que opera una emisora de radio dirigida a audiencias ultraortodoxas, religiosas y tradicionales, firmó un acuerdo publicitario el 26 de febrero de 2020 con el demandado 1, una empresa propiedad y gestionada por el demandado 2, en el que se comprometió a pagar al demandante la suma de 34.575 ILS a cambio de publicaciones, la emisión de anuncios de patrocinio para el programa "Halacha Quiz" y anuncios (en adelante: el "Acuerdo" y/o el "Compromiso").  La demandante cumplió con su obligación contractual, pero el demandado 1 no pagó la contraprestación total que se determinó.  Dado que el demandado 2, accionista, director y director ejecutivo del demandado 1, actuó para privar al demandante de su derecho, es necesario ordenar que se levante el velo de constitución y que se le impute directamente la deuda del demandado 1.
  2. En la audiencia, el representante del demandante, el Sr.  Ariel Deri, CEO y gerente de marketing del demandante, declaró que participó en la aprobación del compromiso en su segunda fase sin estar presente en la reunión de firma del acuerdo.  Según él, el demandado aprobó el compromiso y los pagos en una reunión con el agente de marketing del demandante, el Sr.  Yitzhak Levy (en adelante: "Sr.  Levy") e incluso solicitó cambios en las publicaciones.  El representante del demandante declaró que la mayor parte del compromiso fue gestionado por el Sr.  Levy.  Hasta donde él sabe, algunos de los cheques entregados por el acusado 1 fueron pagados y otros confiscados.  El testigo no recordó las cantidades exactas respecto a la cantidad de la deuda ni la cantidad de pagos realizados, pero creía que se habían pagado al menos dos cheques.  El representante del demandante confirmó que se reunió con otro representante del demandado 1, el Sr.  Snir Cohen (en adelante: "Sr.  Cohen") en las oficinas del demandado en Yehud, pero no con el demandado 2.
  3. El demandado 2 solicitó la desestimación de la demanda en su contra.
  4. Según lo que se indicó en la declaración de la defensa en su nombre, el demandante no tiene motivo para acusarle personalmente.  Al demandante no se le proporcionó una garantía personal por las deudas del demandado 1 por parte del demandado 2 y no se cumplen las condiciones excepcionales establecidas en la Ley de Sociedades, 5759-1999 (en adelante: la "Ley de Sociedades") para imponer responsabilidad personal a accionistas o directores.  La sentencia reduce significativamente los casos en los que es posible levantar el velo de la incorporación.  La declaración de la demanda no especifica, ni siquiera de forma mínima, por qué el caso concreto justifica una desviación de la regla de personalidad jurídica separada, y no se refiere a omisiones o actos concretos cometidos por el demandado 2 hacia el demandante.  Además, el demandado 2 no participó en el supuesto compromiso que, según lo que se desprende del Apéndice 2 de la declaración de demanda, se realizó entre el demandante y el Sr.  Cohen, otro director del demandado 1.  El Demandado 2 no gestionó la empresa de forma continua, incluso con muchas acusaciones graves contra el Sr.  Cohen por su conducta en el Demandado 1.
  5. En la audiencia, el acusado 2 declaró que no sabía nada del compromiso porque no participaba activamente en la gestión del acusado 1.  Según él, el Sr.  Cohen gestionó al acusado 1 y lo "picó" con grandes sumas de dinero.  Aunque era director y accionista, no tiene conocimiento del compromiso con el demandante.  El demandado 2 confirmó que el demandante prestó servicios pero no sabía por qué el demandado 1 no pagó sus deudas ni cuotas anuales al Registrador de Sociedades.  El demandado 2 no recordaba, y por tanto no confirmó, que había firmado cheques a favor del demandante.
  6. No se presentó ninguna declaración de defensa en nombre de la demandada 1, y el 20 de mayo de 2024 se emitió una sentencia en su contra en ausencia de defensa.
  7. No existe disputa entre las partes de que se firmó un acuerdo entre la demandante y el demandado 1, y no hay disputa de que la demandante cumplió con su parte del acuerdo sin recibir la contraprestación completa que se determinó.  Por tanto, queda decidir la demanda contra el demandado 2, la cuestión de su responsabilidad personal hacia el demandado 1 en virtud de levantar el velo corporativo.
  8. El Acuerdo Otomano [Versión Antigua] 1916Tras revisar los escritos y sus apéndices, escuchar los testimonios de las partes y sopesar los argumentos de las partes entre sí, he llegado a la conclusión de que, sobre la base de las disposiciones legales, no hay más opción que desestimar la reclamación.  Las siguientes son mis razones en resumen:

34-12-56-78 Chéjov contra el Estado de Israel, P.D.  51 (2)

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