Casos legales

Conflicto laboral (Tel Aviv) 21054-09-21 AIRES DOS SANTO ALLYSON – Maccabi Avshalom Petah Tikva – Departamento de Fútbol

February 3, 2026
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03 de febrero de 2026

 

Antes: El Honorable Juez, Vicepresidente Yafit Mizrahi-Levy

Representante Público (Empleados) Sr. Eldad Shalem

 

 
El demandante: 1AIRES DOS SANTO ALLYSON

Por el abogado: Abogado Tamir Steinovich

El acusado: 1. Maccabi Avshalom Petah Tikva – Departamento de Fútbol (NPO)

Por el abogado: Abogado Gal Goldberg

Tribunal Regional del Trabajo de Tel Aviv

 

  Conflicto laboral 21054-09-21

 

Sentencia

 

Tenemos ante nosotros una demanda presentada por un futbolista contra el equipo Maccabi Petah Tikva, en el que jugó, a cambio del pago de prestaciones sociales.

El contexto necesario para el asunto

  1. El demandante es un futbolista brasileño que jugó para el equipo demandado durante el periodo correspondiente.
  2. El demandado es una asociación que gestiona el equipo de fútbol "Maccabi Petah Tikva" que juega en la Premier League (el equipo).
  3. En julio de 2015, las partes llegaron a un acuerdo por un periodo fijo por temporada con la opción de que el equipo prorrogara el acuerdo por otra temporada (el acuerdo o contrato, según el caso). El salario según el acuerdo se determinó de la siguiente manera:
  • 000 ILS para la temporada 2015/16 divididos en 10 salarios de 24.200 ILS.
  • 000 USD para la temporada 2016/17 divididos en 10 salarios.
  • El demandante recibió economía y vivienda, y desde el segundo año recibió 2.000 ILS por coche.

El acuerdo también estipulaba una contraprestación para un agente que representara al demandante.

  1. En junio de 2017, el acuerdo provisional terminó.

Los argumentos de las partes

  1. Según el demandante, al terminar su empleo no recibió una cuenta final ni se le pagó la indemnización; además, el demandante alegó que el contrato de trabajo que recibió era inválido; que no recibió recibos de nómina legalmente; no recibió una compensación especial por trabajar los domingos, su día de descanso como cristiano; no acumuló ni canjeó días de vacaciones; no recibió la convalecencia; no recibió vacaciones; no recibió pensión; y tiene derecho a retener salarios y indemnizaciones.
  2. El grupo negó todas las reclamaciones de los demandantes. Según ella, se presentaron reclamaciones mutuas entre las partes en la institución de arbitraje de la Asociación de Fútbol, por lo que se inició una acción judicial en relación con las reclamaciones; En el laudo arbitral, se determinó el 5 de mayo de 2017 que el demandante debe pagar la clase ILS 64.500 más diferencias de enlace e intereses.  De esta suma, debe deducirse la suma de 28.800 ILS que el grupo estaba obligado a pagar.  El demandante sigue con una deuda de 35.700 ILS.  Pero el demandante se niega a pagar.  Esta cantidad debe deducirse de la reclamación; El demandante recibe un pago excesivo y también debe ser deducido; El demandante trabajaba un máximo de 5 días a la semana.  Cada entrenamiento podía durar hasta 4 horas.  Cada semana había un partido de liga (a veces 2 partidos son excepcionales, pero luego se redujo una sesión de entrenamiento esa semana).  Hay unos 30 partidos por temporada.  Cada partida dura como mucho unas 5 horas.  Como es habitual en la industria, al día siguiente de los partidos, los jugadores tenían un día libre; Los entrenamientos y los partidos se celebraban solo desde agosto de cada año hasta mayo del año siguiente.  En otras palabras, el demandante trabajó tal y como se describe solo entre el 15/8 y el 16/5 y entre el 16/8 y el 17/5.  En los meses de junio a julio de 2016, el demandante no trabajó y quedó libre de cualquier tarea.  Además, en los meses del 15/8-16/5 y del 16/8-17/5/hubo semanas sin actividad debido a las condiciones meteorológicas y no hubo trabajo; El demandante recibió todos los pagos acordados con él; El contrato laboral del demandante era legal.  Se trata de un acuerdo en el formato que el equipo debe firmar al demandante conforme a las regulaciones de la Asociación de Fútbol y a las normativas correspondientes.  El demandante conocía sus condiciones laborales y disfrutaba de altos salarios y condiciones laborales favorables que recibía tras las negociaciones que él mismo llevaba a cabo y a través de sus representantes; El demandante recibió las nóminas legalmente; El demandante tenía muchos días de vacaciones que utilizaba; El salario del demandante incluía e incluía la totalidad de los pagos sociales a los que tiene derecho; El demandante terminó su empleo en circunstancias que no le otorgan derecho a indemnización.  Como se señala en el laudo arbitral, al demandante también se le ofreció jugar en la temporada 2017/18 y, por su parte, "se comportó y se comportó de mala fe con el equipo cuando este le hizo creer que jugaría para el equipo en la temporada 2017/18 al presentar que su apretón de manos era vinculante como un acuerdo...".

Discusión y decisión

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