(p. 10 de la transcripción, párrafos 1-35, énfasis añadido).
- Más adelante en su testimonio, el demandante señaló que su esposa trabajaba en un centro comunitario (p. 13, párrafo 32 de Perú), contrariamente a su afirmación de que no entendía qué significaba la palabra "centro comunitario".
- Por lo tanto, el demandante no levantó la carga que le impusieron ni demostró que en marzo de 2023 fue despedido de su lugar de trabajo; al contrario, parece de forma inequívoca que el demandante no fue despedido del lugar de trabajo, sino que se le ofreció mudarse a otro lugar de la misma ciudad (el centro comunitario de Rehovot), y él se negó a hacerlo. No se demostró que la propuesta alternativa constituyera un deterioro de las condiciones por otras razones (no se puede deducir nada de la transcripción de la conversación del demandante con Mordechai, que según la demanda tuvo lugar en ese momento respecto al supuesto deterioro).
- Cabe señalar que, incluso si hubiéramos llegado al resultado contrario, según el cual el demandante fue despedido, esto no tendría efecto en el presente caso, mientras que según la orden de ampliación en la industria de la limpieza, la cantidad total de la compensación debe depositarse (8,33% del salario determinado para el pago de la indemnización), y el demandante no presentó una reclamación por falta de aviso previo.
- La demandada, por su parte, tampoco alegó que se debieran deducir las tasas por preaviso, que alegaba que no se descontaban del salario del empleado más allá de la letra de la ley. El argumento general en la declaración de defensa sobre el derecho a compensar las cantidades que se pagaron en exceso (párrafo 29 de la declaración de defensa) no cumple los requisitos de la jurisprudencia respecto a la obligación de especificar y cuantificar la causa de la deducción. Por tanto, por esta razón también, la determinación sobre las circunstancias del despido del demandante no tiene repercusión en el resultado de la sentencia.
Pago de las tasas de viaje en Shabat
- El demandante solicita el pago de los gastos de viaje correspondientes al 20/9 al 21/7. Según el demandante, durante todo el periodo de trabajo trabajó los sábados, el día semanal de descanso. Según él, dado que recibía un "pase mensual" y debía llegar incluso el día de descanso, tiene derecho a una diferencia en el pago de las ayudas de viaje en los días de descanso semanales. El demandante solicita el pago por un importe de ILS 2.666 (ILS 20 para dos direcciones * 4,3 semanas al mes * 31 meses de trabajo).
- Por otro lado, según el demandado, en la práctica el demandante admite que el demandado le pagó pagos mensuales por gastos de viaje. Añade además que, en la medida en que el demandante trabajaba los sábados, vivía justo al lado del lugar de trabajo y viajaba en bicicleta eléctrica. El demandante no necesitaba transporte público ni incurrió en ningún gasto respecto a este componente. Por el contrario, cuando el demandado pagó los gastos de viaje del demandante, aunque no pagó este componente, ella le pagó de más por este componente (párrafo 27 de la declaración de defensa).
- Como se detallará a continuación, la demanda relativa a este componente será desestimada.
- Según la sentencia, un empleado que necesita transporte público para llegar a su lugar de trabajo tiene derecho a la participación de su empleador en los gastos de viaje, siendo el criterio principal para determinar si el empleado "necesita transporte" la distancia entre su residencia y su lugar de trabajo. En la medida en que no se haya demostrado lo contrario, la premisa es que un empleado que vive a una distancia no superior a 500 metros de su lugar de trabajo, que es razonable a pie, no necesita transporte público (Apelación Laboral 100/06 Municipio de Tira contra Abd al-Rahman Kashua (22 de mayo de 2006)).
- En cuanto a demostrar la elegibilidad para el reembolso de las tasas de viaje, se dictaminó que el empleado tiene la carga de demostrar su derecho como se indicó, incluyendo cuáles fueron sus gastos y cuándo los gastó realmente. Además, se dictaminó que es necesario ser flexible respecto a los métodos de prueba cuando está claro que el empleado necesitaba transporte para llegar al lugar de trabajo (véase Solicitud de permiso para apelar (Nacional) 65578-06-25 Alexander Duniev - Una solución ligeramente diferente en una apelación fiscal (25 de septiembre de 2025)).
- En el presente caso, existe una contradicción interna en las afirmaciones del demandante en la declaración de la demanda. Por un lado, el demandante alegó que solo recibió pago por salarios básicos y nada más que eso (párrafo 14 de la declaración de la demanda). Por otro lado, alegó que recibía una asignación de viaje en régimen de permiso mensual y que solo demandaba por trabajo durante los días de descanso semanales (párrafos 36-37 de la declaración de reclamación). Además, en el título de la declaración de reclamaciones, se indicó que la reclamación solo corresponde a los meses de 9/2020 - 7/2021, pero el cálculo del derecho se realizó para todo el periodo. De hecho, parece que el demandante entendió que existía una contradicción interna en sus reclamaciones y, por tanto, en su declaración jurada no repitió la afirmación de que había recibido un pago por ello, sino que solo se refirió a la transcripción de una conversación, que según él demuestra que no le pagaron los gastos de viaje (Apéndice C a la declaración jurada del demandante).
- En la misma conversación se dijeron las siguientes cosas (también citadas anteriormente), que implican que existía una disputa sobre el derecho del demandante a las ayudas por viaje. Como se indica allí:
"Almog: ¿Qué dijimos en el ministerio?