Casos legales

Caso de Delitos Graves (Centro) 16924-10-22 Estado de Israel contra Iman Musrati - parte 57

January 21, 2026
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De hecho, una revisión de la información en bruto incluida en los estudios de comunicaciones para los distintos suscriptores, y especialmente para el suscriptor del 401, muestra que, además de las muchas llamadas que no son contestadas por el demandado, es posible localizar actividad en sus teléfonos, todos los viernes, por la mañana y por la tarde, de una manera que no encaja con ninguna de las partes de su versión en desarrollo, que comienza dejando el teléfono en casa de forma descontrolada y sin ningún uso, y continúa con la ausencia de respuesta a las llamadas entrantes.  Sin embargo, con llamadas salientes iniciadas, y que terminan en ausencia de cualquier explicación para los casos en los que las respuestas a llamadas entrantes están explícitamente documentadas en dichas fechas [para más detalles, más allá del material en bruto P/73, véase el Informe de Insights P/187 - secciones 1 y 3(a)-(h) del capítulo que trata sobre el suscriptor 401 y las secciones 5(e)-(11) y 6 del capítulo que trata sobre el suscriptor 337].

No es de extrañar que en los resúmenes de la defensa sobre este asunto [párrafos 103-110 de los resúmenes], los abogados defensores tuvieran que retroceder unos dos meses completos desde la fecha del asesinato, para localizar el viernes 1 de julio de 2022 una actividad telefónica limitada, que incluso entonces comenzó a las 11:33 a.m., mucho antes de la fecha de inicio del uso descrito anteriormente el día del asesinato.  También se llamará la atención sobre el hecho de que en esa fecha todas las llamadas fueron contestadas y, a diferencia del día del asesinato y la versión del acusado, no se graban llamadas sin respuesta.  De hecho, para localizar el viernes por la mañana en el que el demandado no respondió de forma constante a las llamadas del suscriptor del 401, y realizó la primera llamada a las 12:13 p.m., la defensa tuvo que retroceder en el tiempo más de seis meses, hasta el 7 de enero de 2022 [párrafo 105 de los resúmenes de la defensa].

El resultado es que las explicaciones del acusado sobre el apagado de sus teléfonos la mañana del asesinato, y especialmente por el silencio del suscriptor del 401, la negativa a contestar llamadas de su hermano y otras partes, y la completa ausencia de llamadas salientes, no solo fueron suprimidas, sino que, cuando ya se habían dado, fueron inconsistentes y desarrolladas con el tiempo, sino también claramente inconsistentes con su patrón habitual de usar las suscripciones telefónicas que poseía.  Es superfluo añadir que, en este contexto también, no se presentaron testimonios que apoyaran la versión suprimida del acusado por miembros de su familia.  Por tanto, ese silencio, aunque no contenga pruebas concluyentes de que estuviera en Mitsubishi en ese momento, lejos de sus habituales recursos que dejó en casa, constituye un apoyo adicional con verdadero peso para fortalecer la tesis acusatoria, que está anclada, como se explica detalladamente arriba, en pruebas adicionales y concluyentes.

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