El procedimiento en el Tribunal Regional
Antecedentes:
- Los planes de salud son fondos de salud que operan conforme a la Ley de Seguro de Salud. Como parte de los planes de seguro complementario, los planes de salud ofrecen a sus miembros diversos servicios y beneficios, más allá de los derechos incluidos en la cesta de salud conforme a la Ley de Seguro de Salud. Entre otras cosas, las HMO participan en la financiación de una donación de óvulos en el extranjero. El reembolso por la donación de óvulos en el extranjero es otorgado únicamente por los tres planes de salud encuestados a mujeres aseguradas. Las condiciones de elegibilidad no son uniformes y existen diferencias entre los planes de salud, además de que a lo largo del tiempo ha habido cambios en este sentido. En cuanto a la financiación de la donación de óvulos en el extranjero, las HMO no cambiaron sus planes complementarios ni siquiera después de que se dictara la sentencia en el caso del Tribunal Superior de Justicia de Arad-Pinkas.
- Ante la ausencia de la posibilidad de realizar procedimientos de gestación subrogada en Israel, desde 2010 hasta 2017, los apelantes utilizaron servicios de gestación subrogada y donación de óvulos en el extranjero. Los tres apelantes son padres de descendientes nacidos de su esperma en un procedimiento de gestación subrogada, como se detalla a continuación: En 2010, los apelantes Arad-Pinkas, que son parejas del mismo sexo, tuvieron a sus dos hijos mayores, mientras que estaban asegurados por los servicios complementarios del demandado 1 (en adelante – Maccabi). En 2014, Arad-Pinkas tuvo a su tercera hija, cuando el apelante 1 (en adelante – Itai) fue asegurado en el plan de seguro complementario del demandado 2 (en adelante – Clalit). El apelante 3 (en adelante – A), que es padre o madre homosexual soltero, tuvo dos hijas en 2015, cuando estaba asegurado en el programa suplementario del demandado 3 (en adelante – Meuhedet).
- Los tres apelantes son miembros de los programas complementarios gestionados por los planes de salud en el nivel superior. Los tres apelantes recurrieron a las HMO de forma retroactiva, tras realizar procedimientos de donación de óvulos en el extranjero y gestación subrogada, para obtener financiación para el proceso de donación de óvulos en el extranjero. La solicitud de los apelantes fue denegada alegando que la financiación para la donación de óvulos en el extranjero solo se otorgaba a mujeres que no podían concebir debido a un problema médico, y no a hombres.
- Los procedimientos objeto de esta apelación se presentaron en 2017 en el Tribunal de Distrito de Tel Aviv. En la decisión del Tribunal de Distrito del 11 de noviembre de 2020, se determinó que "la autoridad sustantiva única para conocer las solicitudes de aprobación corresponde al Tribunal Regional Laboral", y que "las reclamaciones serán transferidas al Tribunal Regional Laboral de Tel Aviv-Jaffa, que está autorizado para conocer las solicitudes de aprobación, de acuerdo con el artículo 79 de la Ley de los Tribunales [Versión Consolidada], 5744-1984."
- En una moción para certificar una acción colectiva presentada por Arad-Pinkas contra Maccabi y Clalit [C. 11201-04-17], se solicitaron los siguientes remedios, entre otros:
- Aprobar la acción presentada junto con la moción para certificar como acción colectiva conforme a la Ley de Acciones Colectivas.
- Para determinar que la reclamación se presentará en nombre de los siguientes grupos:
Grupo A - Todos aquellos asegurados en los programas complementarios operados por Maccabi y Clalit que han pasado por el proceso de celebrar un acuerdo para transportar embriones fuera de Israel en los últimos siete años;