En palabras del Honorable Juez A. Barak, Otras Solicitudes Municipales 6821/93 United Mizrahi Bank en Tax Appeal contra Migdal Kfar Cooperative, IsrSC 49(4) 221:
"El concepto de 'kinyan' tiene diferentes significados según el contexto en el que aparezca. Parece que, a nivel constitucional, el derecho a proteger la propiedad está en la base. Kinyan es cualquier interés que tenga valor económico. Por tanto, la propiedad se extiende no solo a los 'derechos de propiedad' (en el sentido que les da el derecho privado - como la propiedad, la renta y el usufructo), sino también a las obligaciones y derechos de valor de propiedad adquiridos bajo el derecho público."
- Antes de discutir la cuestión de si un material concreto es propiedad o evidencia, cuando se trata de materiales que existen en el espacio virtual, en lugar del real, es necesario empezar con una autoadvertencia. Si en el pasado la distinción entre pruebas e información del expediente de la investigación y la propiedad era dicotómica, simple y visible, los acelerados desarrollos tecnológicos en forma de un mundo completo y paralelo que existe en el ciberespacio requieren un enfoque diferente. Los conceptos "clásicos" del mundo físico-físico no siempre serán aplicables en el mundo virtual, y viceversa. Por lo tanto, es necesario abordar la cuestión de si los núcleos de recuperación constituyen 'propiedad digital'. El examen debe adaptarse al contexto relevante.
- Hay varias características necesarias para la propia definición de Bitcoin, sin las cuales no existen - estas son características constituyentes o características definitorias. Las principales características de Bitcoin son: registros descentralizados y relativo anonimato. En este sentido, me referiré al artículo del académico Yonatan Yovel, "Criptomonedas: desafíos conceptuales, legales y regulatorios", Din Ve-Devarim, vol. 16 (en adelante: artículo de Yuval). Según Yuval: "Una criptomoneda descentralizada, como Bitcoin, no tiene servidor, los centros de red son PTP, no tiene compensación, centralizada y el registro es descentralizado" (p. 472). Sin embargo, se aclaró de inmediato que no se trataba de una cuestión de descentralización a nivel de poder y control. Aunque la blockchain es completamente visible y puede rastrearse hasta todas las transacciones que se hayan realizado en ella, la blockchain no registra la identidad de la persona que posee la clave (p. 476), lo que también muestra la exclusividad del poseedor de la llave, junto con un alto nivel de fusión entre el propio dispositivo digital y su valor.
- En su artículo, Yuval aborda tanto las monedas en sí, como las claves de acceso y su método:
"Así, la referencia precisa a las criptomonedas en este momento no es categóricamente como 'moneda o no moneda', sino más bien como un conjunto de afiliaciones propietarias, obligatorias y regulatorias que mantienen un grado muy alto, posiblemente casi absoluto, de fusión entre el artefacto (en este caso digital) y el valor que representa. Un "rango muy alto" es, entre otras cosas, legal: el poseedor de la moneda (o el poseedor exclusivo de una llave, cartera u otro código), o quien esté registrado como su propietario, disfruta de un nivel de riesgo legal casi nulo en la moneda."
- Según la Sección 1 de la Ley de Asistencia Jurídica (Sección de Definiciones):
"Objeto" - incluyendo un documento, finanzas, material informático según la definición de la Ley de Computación, 5755-1995, y un animal;