| Tribunal de Familia en Nof HaGalil-Nazareth | |
| Caso de la herencia 19103-02-20 et al. contra el Custodio General, Haifa y Distrito Norte y otros.
Caso de la Herencia 19105-02-20 contra el Custodio General, Haifa y el Distrito Norte, y otros. Caso externo: 34168_6 |
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| Antes | La Honorable Jueza Ronit Gurevitz
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Resistencia |
1. Identificación 2. Tarjeta de identificación Por el Fiscal General Abed Majdi |
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Contra
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Preguntando |
ID Por el abogado Elias Abu Al-Zaalef |
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| Sentencia
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Las cuestiones en disputa en el procedimiento bajo el título son:
Si el testador tenía la capacidad legal para discernir la naturaleza de un testamento y si el testamento cuya ejecución se solicita como "testamento del fallecido" es válido según las disposiciones legales.
- Los hechos relevantes
- El resto... El difunto (en adelante: "el fallecido" o "la mitzvá") falleció el 9 de junio de 2019 en el Hospital Rambam de Haifa a los 81 años.
- La fallecida es viuda de cinco hijos, incluidas sus dos hijas opuestas, la hija P., que fue testigo del testamento difunto, cuyo cumplimiento se solicita como testamento del fallecido (en adelante: "P"), el hijo fallecido ... El padre de los dos solicitantes, que son nietas del fallecido, y otro hijo.
- El fallecido posee 1/12 de las tierras conocidas como Parcela 6 en el Bloque 17527 de las tierras del pueblo. (En adelante: "Enderezando").
- El fallecido firmó un testamento anterior el 24 de noviembre de 2012, que fue preparado ante el notario, el abogado Diab Khoury (en adelante: "el notario" y "el testamento anterior").
En la sección 3 del testamento anterior, la fallecida legó de sus derechos 1/48 de la parcela a cada una de sus dos hijas opuestas y a la hija P y 1/96 a cada una de sus dos nietas (la solicitante y su hermana en adelante: "las nietas").
- El 6 de junio de 2019, tres días antes de su fallecimiento, se alegó que había ordenado que sus declaraciones, que debían cumplirse como testamento oral, en la casa del Objetor nº 2, ante el notario ante quien había redactado el testamento anterior, y en presencia de su hija P. (en adelante, "el testamento difunto" o "el testamento oral").
- El contenido del testamento tardío, tal y como se desprende del memorándum presentado por el notario y P. y depositado en el Registro de Herencias el 19 de septiembre de 2019, se resume de la siguiente manera: El notario señala que fue invitado a la casa del Objetor 2, por P. a petición del fallecido. El notario señala que mantuvo una breve conversación con la fallecida para averiguar su estado mental. La fallecida le dijo que quería cambiar su testamento anterior y explicó que era consciente de que su momento se acercaba y que quería dejar este mundo con la conciencia tranquila hacia la viuda de su hijo..., quien, según ella, había hecho un esfuerzo por criar a sus dos nietas, y por ello legó la mitad de sus derechos en parte a la viuda de su hijo y sus dos hijas en partes iguales, y la otra mitad de sus derechos en parte a sus tres hijas en partes iguales.
- Poco después de la declaración de la fallecida en el testamento, la noche de ese día, fue trasladada a un hospital en Nazareth, y el 7 de junio de 2019, debido al deterioro de su estado médico, fue trasladada al Hospital Rambam, donde falleció dos días después, el 9 de junio de 2019.
- El 19 de junio de 2021 se presentó la opinión experta sobre la evaluación del estado mental de la fallecida y su competencia y capacidad para discernir la naturaleza de un testamento a fecha de 6 de junio de 2019.
La opinión determinó que, tras recibir una anamnesis y revisar los historiales médicos, en el momento de redactar el testamento difunto, el fallecido era cognitiva y mentalmente competente para comprender la naturaleza del testamento y hacerlo con juicio, consideración y función cognitiva preservada, y de una manera que permita discernir la naturaleza de un testamento.