Casos legales

Autoridad de Apelación Civil 6607/19 Estado de Israel – Policía de Israel contra Moti Yakubov

February 12, 2020
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En el Tribunal Supremo

 

Autoridad de Apelación Civil 6607/19

 

30פני: El Honorable Juez N.  Hendel
El Honorable Juez N.  Sohlberg
El Honorable Juez Y.  Elron

 

El solicitante: Estado de Israel – Policía de Israel

 

Contra

 

Demandado: Moti Yakubov

 

Solicitud de permiso para apelar la decisión del Tribunal de Distrito de Jerusalén del 19 de julio de 2019 en Civil Appeal Authority 26673-04-19 [publicado en Nevo] concedida por el Honorable Juez M.  Bar-Am

 

En nombre delsolicitante A: El alvogado Limor Peled

 

En nombre del Demandado: Abogada Talia Rajwan

 

 

 

Sentencia

El juez N.  Hendel:

En la intersección de la jurisdicción sustantiva, existen tres caminos que conducen a tres tribunales diferentes - El Tribunal de Asuntos Administrativos, el Tribunal Laboral y el Tribunal de Magistrados.  ¿Hacia qué dirección debería dirigirse el demandante? ¿Quién tiene autoridad para conocer la reclamación de un agente de policía por compensación por diversos daños supuestamente causados como resultado del incumplimiento del contrato laboral con él y su despido? En esta solicitud de permiso para apelar, debemos colocar un cartel claro en la intersección para dirigir el tráfico al tribunal legalmente competente.

Antecedentes

  1. Tenemos ante nosotros una solicitud de permiso para apelar en nombre del Estado contra la decisión del Tribunal de Distrito de Jerusalén (Autoridad de Apelación Civil 26673-04-19 [publicada en Nevo] por el Honorable Juez M. Bar-Am) que rechazó una solicitud de permiso para apelar contra la decisión del Tribunal de Magistrados de Jerusalén (Caso Civil 67609-07-17, [publicado en Nevo] El Honorable Juez   Azoulay).  en el marco de lo cual se denegó la solicitud del Estado para desestimar la reclamación del demandado in limine.

El demandado se alistó en la policía y sirvió allí durante cinco años en diversos cargos.  Tras este periodo, se decidió terminar su empleo en la policía y fue despedido del servicio.  Como resultado, el demandado acudió al Tribunal de Magistrados en una demanda, cuyas causas definió como daños y contratos.  En esta demanda, exigió una compensación económica derivada del incumplimiento del acuerdo entre él y la policía, así como daños y perjuicios causados por defectos en el proceso de reclutamiento, formación y despido.  En respuesta, el estado presentó una moción para desestimar la demanda in limine debido a la falta de jurisdicción.  La moción fue rechazada y se sostuvo que el Tribunal de Magistrados está autorizado para conocer la reclamación, ya que no busca la anulación de la decisión administrativa sobre la desestimación, sino una reclamación monetaria en una cantidad dentro de la jurisdicción del Tribunal de Magistrados.  Por lo tanto, se sostuvo que el demandado tenía derecho a no presentar la reclamación ante el Tribunal de Asuntos Administrativos y a llevar la cuestión del supuesto defecto administrativo al Tribunal de Magistrados por asalto indirecto.  Se rechazó la solicitud de permiso para apelar la decisión ante el Tribunal de Distrito, aunque se adoptaron las razones de los primeros casos y casos más amplios en su audiencia.  De ahí la petición ante mí.

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