Juez Yechiel Kasher:
Estoy de acuerdo.
Yechiel KasherJuez
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Juez David Mintz:
Tras revisar la opinión razonada de mi colega, el juez D. Barak-Erez, no puedo estar de acuerdo con su conclusión. Voy a explicar esto brevemente.
- No estamos tratando con un surco que aún no se ha descubierto. Desde tiempos inmemoriales se ha dictaminado en nuestro caso que no es posible involucrar sexo en una persona que no sea una. La Ley de Relaciones Prenupciales entre Cónyuges, 5733-1973 (en adelante: la Ley de Relaciones Prenupciales o la Ley) establece que las parejas casadas no pueden ser liberadas del acuerdo prenupcial establecido en la ley —es decir, el acuerdo de "equilibrio de recursos" según el artículo 5 de la ley— salvo mediante un acuerdo prenupcial conforme a sus disposiciones. Por lo tanto, el estándar establecido en la ley es que una pareja a la que se aplique la ley estará casada (Civil Appeal 640/82 Cohen contra el Fiscal General, IsrSC 39(1) 673, 678, 683 (1985) (en adelante: el caso Cohen)). La excepción es cuando la pareja está a punto de casarse y están de pie "antes del matrimonio" (artículos 2(c) y 2(c1) de la Ley), o, en palabras del tribunal, "anticipando el matrimonio" (Civil Appeal Authority 1381/14 Anonymous v. Anonymous, párr. 14 [Nevo] (16 de marzo de 2014)). Por otro lado, los cónyuges de "hecho de hecho" no entran dentro del ámbito de la Ley de Relaciones de Propiedad, que se refiere, como se ha dicho, solo a las parejas casadas y, como mucho, a los cónyuges "prematrimoniales", y no a cónyuges de hecho que reflejen una situación fáctica que conlleva diferentes consecuencias legales pero que no crea estatus (Civil Appeal 2000/97 Lindorn contra Karnit - Fondo de Compensación a Víctimas de Accidentes de Tráfico, IsrSC 55(1) 12, 35 (2001); Autoridad de Apelación Civil 5096/21 Anónimo contra S. Shlomo Insurance Company Ltd., párrafo 25 (15 de diciembre de 2021) (en adelante: la S. Shlomo)); o, en palabras del tribunal, una pareja que lleva una vida familiar en un hogar conjunto (Tribunal Superior de Justicia 4178/04 Anónimo contra El Gran Tribunal Rabínico de Apelaciones, IsrSC 62(1) 235, 251 (2006-2007); Apelación Civil 5271/10 Ben Haim contra Kibbutz Givat Haim Ihud, párr. 33 [Nevo] (1 de octubre de 2013); Civil Appeal Authority 3323/23 Shlomo Insurance Company en Tax Appeal contra Anónimo, párrafos 8 y 25 [Nevo] (6 de mayo de 2024)); o cónyuges que no pueden o desean casarse dentro del marco de la ley religiosa que existe en Israel. En cualquier caso, si la pareja de hecho desea formalizar la relación financiera entre ellos y obtener la aprobación del tribunal según lo acordado, está abierto el camino para que soliciten al Tribunal de Familia bajo la Sección 3(c) de la Ley del Tribunal de Familia, 5755-1995 (en adelante: la Ley del Tribunal de Familia) (véase: Civil Appeal Authority 6854/00 Attorney General contra Zemer, IsrSC 57(5) 491 (2003)). El mencionado artículo 3(c) no define el acuerdo celebrado entre cónyuges no casados como un acuerdo prenupcial, sino como "justo" un acuerdo.
- Estas palabras fueron pronunciadas por mí y por mis colegas, los jueces Sobel y T. Bezeq-Rappaport, en Family Appeal (Distrito de Jerusalén) 26693-04-13 Anonymous v. Anonymous [Nevo] (14 de noviembre de 2013) (en adelante: Appeal of a Such Family), Bahai Lishna:
"La norma es que la Ley de Relaciones de Propiedad solo se aplica a las parejas casadas, y por tanto solo las relaciones prenupciales de dichos cónyuges pueden regularse en un acuerdo prenupcial (Civil Appeal 640/82 Cohen v. Attorney General, IsrSC 39(1) 673, 678, 683). Esto no impide que los cónyuges de hecho regulen sus asuntos patrimoniales en el acuerdo. Además, dicho acuerdo entre parejas de hecho puede incluso ser aprobado por el Tribunal de Familia en virtud de su autoridad en el artículo 3(c) de la Ley del Tribunal de Familia, 5755-1995 (Civil Appeal Authority 6854/00 Attorney General contra Zemer, IsrSC 57(5) 491). Sin embargo, un acuerdo relativo a la disposición de los bienes de parejas de hecho se encuentra enteramente dentro del marco del derecho contractual general y no constituye un acuerdo prenupcial según la Ley de Relaciones Prenupciales (caso Cohen, p. 682; caso Zemer, p. 505)" (ibid., párr. 28).