Casos legales

Apelación Laboral (Nacional) 4522-11-18 Michael Zelig – Estado de Israel - parte 3

March 29, 2020
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(b) En esta sección, "policía" – incluyendo a un oficial de policía extraordinario."

  1. Esta disposición se basa en el papel especial de la policía y en la estructura organizativa jerárquica que de ella deriva. Según esta disposición, ciertos motivos, que se refieren principalmente a la organización interna del personal policial y que están significativamente influenciados por la estructura jerárquica de la policía, no constituyen motivos para relaciones laborales a efectos de la jurisdicción del Tribunal Laboral.  Así se establece en las notas explicativas de esta disposición (Hatzim, 973, 5732, 108):

"...  Las leyes propuestas pretenden determinar que el estatus de un agente de policía o guardia de prisión no es el mismo que el de otro empleado asalariado para fines judiciales según la Ley del Tribunal Laboral.  Las formas en que una persona es empleada como policía o como guardia de prisión, las condiciones de su alistamiento en el servicio, su responsabilidad personal hacia el público, la responsabilidad directa que tiene hacia el público y la ley, los muchos otros poderes que le otorgan al alistarse, sus condiciones especiales de servicio, la disciplina que le obliga y las severas sanciones disciplinares, los métodos de baja y despido del servicio: todo esto es completamente diferente de lo habitual en el ámbito de las relaciones laborales.  Ya sea que el empleador sea privado o público.

Debido a la naturaleza especial de los cargos de la policía y del servicio penitenciario en la sociedad, y a la gran responsabilidad asociada al puesto de policía o guardia de prisión, los métodos de reclutamiento de un agente de policía o guardia de prisión, sus deberes, poderes e importancia están determinados por una ley especial, distinta del resto de los funcionarios públicos; La Ley de Servicio Civil (Nombramientos), 5719-1959,  la Ley de Servicio Civil (Disciplina), 5723-1963, y la Ley de Servicio de Empleo, 5719-1959, no se aplican a ella.  Sí, sus términos de servicio son diferentes; La Ley de Horas de Trabajo y Descanso, 5711-1951, no se le aplica, mientras que otras leyes como  la Ley de Indemnización por Despido, 5723-1963, y la Ley de Servicio Civil (Pensiones) [Versión Consolidada], 5730-1970, establecen disposiciones especiales para ella.

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