La desviación respecto a la autoridad del registrador es que él es juez de los procedimientos establecidos en el Reglamento de Procedimiento Civil. En vista de esta conclusión y dado que el Registrador A. Zamir también era juez en el momento de la decisión relevante, es posible abandonar el argumento del Estado de que todo registrador, incluso si no es juez, está autorizado a pronunciarse sobre las solicitudes mencionadas en virtud de la disposición del artículo 90 de la Ley de Tribunales [Versión Consolidada], 5744-1984. Sin embargo, me inclino a la opinión de que no hay lugar para una interpretación tan amplia del cuadro "un asunto relativo a la conducción de un procedimiento" expuesto en el mismo artículo (respecto a la interpretación de este recuadro, compare, por ejemplo: los artículos 90(1)-90(12) del Derecho de los Tribunales; Solicitudes Misceláneas Civil 2742/00 Tasador de Grandes Empresas contra Dikla Trust Company enApelación Fiscal [publicado en Nevo] (29 de agosto de 2000); SC 153/86 Sabich contra el Estado de Israel, IsrSC 40(2) 345, 347 (1986)).
La razonabilidad de la decisión de reconocer la inmunidad de los agentes de policía
- Alternativamente, Flexer sostiene que incluso si el formato en el que su solicitud debe discutirse según Sección 7b(c) La Ordenanza es una revisión judicial según las normas administrativas, su enfoque tenía margen para intervenir en la decisión del Estado de reconocer la inmunidad de los agentes de policía en este caso, y el tribunal de primera instancia cometió un error al no hacerlo. Según él, esto se debe a las pruebas presentadas ya en esta fase del expediente de investigación, que demuestran que esta es una decisión de reconocimiento poco razonable, porque ignora el hecho de que la excepción a la inmunidad se cumple en este caso.
No vi la necesidad de enumerar una por una todas las "indicaciones" de las que Flexer desea concluir que la policía actuó consciente y deliberadamente para hacerle daño, o al menos que actuó por ecuanimidad ante la posibilidad de causar daños. La mayoría de las indicaciones que Flexer detalló no reflejan el elemento mental de la policía durante su interrogatorio, y como mucho pueden dar fe de su negligencia. Por ejemplo, Flexer afirma que la policía se apresuró a buscarle e informó a la Policía de Fronteras de que le prohibirían salir del país, antes de examinar la denuncia del abogado Brandes (párrafo 11 de los resúmenes de Flexer). Incluso si este argumento es correcto, e incluso si asumimos que constituye negligencia -y, por supuesto, no expreso ninguna postura al respecto-, en cualquier caso no contiene lo que Flexer desea aprender, es decir: la existencia de un elemento mental entre los agentes de policía que niega su derecho a la inmunidad. Lo mismo ocurre con los argumentos adicionales planteados por Flexer en relación con