Casos legales

Caso civil (Tel Aviv) 41953-01-17 Eliyahu Knefler contra Avi Nehemia - parte 52

February 8, 2026
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Aquí debe recordarse que el Sr.  Knepfler estaba plenamente al tanto en tiempo real del asunto de la ley de transacciones entre partes interesadas.  Al fin y al cabo, argumenta en el procedimiento anterior que la razón esencial por la cual la transacción con el Fondo Tamir-Fishman no se adelantó provenía de la necesidad de avanzar rápidamente en la transacción, y que su avance dependía de la existencia de un procedimiento especial, ya que él hablaba, en su opinión, de la transacción de una parte interesada.  Esto se debe a que el Sr.  Knepfler ya había gastado capital personal con el propósito de promoverlo, y la participación del Fondo en la transacción habría llevado a la devolución de los fondos que gastó (véase arriba en el párrafo 138).

Así, el Sr.  Knafler era consciente de que avanzar con su transacción con ADN beneficiaría al Sr.  Nehemiah, quien garantizaba personalmente las deudas.  Accedió a adelantar el acuerdo original en plazos muy cortos, consciente de que no estaba aprobado por los procedimientos más complejos, ya que buscaba obtener sus derechos en las sociedades inmobiliarias en Francia rápidamente y al precio acordado.  Aspiraba a recibir el flujo de ingresos de estas empresas.  Más tarde, pidió tomar el control total de los activos y, una vez más, mostró disposición a avanzar en las transacciones muy rápidamente, sin retrasar los procedimientos necesarios, para que se redujeran con antelación.  Lo hizo porque se esperaba que le beneficiara.

Cuando estuvo dispuesto a no insistir en la implementación del procedimiento necesario para promover sus intereses directos en tiempo real, el Sr.  Knepler no pudo sacar la tarjeta procesal retroactivamente para imponer responsabilidad personal en responsabilidad civil a los demandados.

En segundo lugar, desde la perspectiva del interés personal del Sr.  Nehemiah, no había diferencia sustancial entre promocionar el acuerdo con el Sr.  Knefler y promocionarlo con el Grupo Dayan.  Ambas transacciones le habrían facilitado las cosas en el sentido de reducir el riesgo al que se enfrentaba, teniendo en cuenta que era garante personal de algunas deudas de la empresa.  Ambas transacciones habrían aumentado sus posibilidades de recibir pagos, dado que él es acreedor de la empresa y alguien que puede vender sus participaciones.  La transacción con el Grupo Dayan mejoró cuantitativamente su situación, ya que el efectivo recibido era mayor, pero no existía brecha de calidad.  En cualquier caso, este acuerdo también fue mejor para la empresa en comparación con el posible acuerdo con el Sr.  Kneffler.  Por lo tanto, no había nada malo en su preferencia.

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