Hapoel Ra'anana argumentó que las partes del procedimiento que no se retrasó (que se está llevando a cabo en el Tribunal Laboral de Tel Aviv - el panel) están esperando que se dicte sentencia y, por tanto, considera que la decisión sobre la solicitud de permiso para apelar en Babayev es superflua. Por lo tanto, Hapoel Ra'anana dejó la decisión sobre la cuestión general a discreción del tribunal.
Beitar Jerusalén anunció que apoya la posición de la Asociación y la Administración, según la cual los procedimientos en los que aún no se haya iniciado un procedimiento probatorio serán remitidos al Instituto de Arbitraje y, en consecuencia, el procedimiento del Sr. Ben Shushan (que está suspendido en el proceso - el Panel) debe ser transferido al Instituto de Arbitraje.
Discusión y decisión
La situación legal actual
- El artículo 24(a)(1) de la Ley del Tribunal Laboral establece que el Tribunal Regional de Trabajo tendrá jurisdicción exclusiva para conocer reclamaciones "entre un empleado o su sucesor y el empleador o su sucesor derivadas de una relación laboral, incluyendo la cuestión de la propia existencia de una relación laboral, y con la excepción de una reclamación que surgiera en la Ordenanza de Responsabilidad Civil [Nueva Versión]". El apartado 1(a) establece que la jurisdicción exclusiva del Tribunal se aplicará "en una reclamación que surgió en negociaciones previas a la conclusión de un contrato para la creación de una relación laboral, en una acción que surgió en dicho contrato antes de que se creara la relación laboral o después de que dicha relación fuera terminada, o en una acción que surgió en la aceptación o no aceptación de una persona para el empleo;".
- El artículo 10(a) de la Ley del Deporte establece que la asociación tiene la autoridad para promulgar estatutos que regulen la correcta gestión del deporte, incluso a través de instituciones judiciales internas, que también tratarán cuestiones de salarios y pagos:
"10.
(a) Una asociación o asociación promulgará estatutos que regulen la correcta gestión del deporte o de los deportes que es centro, incluyendo reglamentos sobre disciplina, juicio interno, incluidas las instituciones judiciales internas y los procedimientos bajo los cuales se discutirán -sujeto a la sección 11, la transferencia de deportistas- sujeto a la sección 11a, así como respecto a salarios y pagos a deportistas, entrenadores y otros funcionarios.