Casos legales

Reclamación derivada (Tel Aviv) 43264-02-17 Apelación Caso financiero – Tribunal Supremo Moran Meiri contra la Asociación de Fútbol de Israel - parte 21

October 27, 2020
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Por lo tanto, el tribunal debe ser consciente de la posible importancia de nombrar comités de reclamaciones y dar instrucciones precisas a las corporaciones sobre la forma en que se nombra el comité y su modo de operar.  Al mismo tiempo, el tribunal debe estar constantemente consciente del temor a un posible uso indebido de esta institución y evitar dicho uso en el caso que se le presenta y en casos futuros.  Al hacerlo, debe añadir contenido a las normas relacionadas con el funcionamiento de dichos comités, de modo que estas normas incentiven el uso adecuado de dichos comités y eviten su mal uso.

  1. Como señalé antes, en la actual solicitud de aprobación, primero debe decidirse la cuestión de la posibilidad de presentar una reclamación derivada en nombre de una asociación, y en particular, la cuestión de la posibilidad de presentar dicha reclamación en nombre de la Asociación de Fútbol. Solo si la respuesta a estas preguntas es sí, habrá espacio para examinar la cuestión del estatus del Comité Independiente de Reclamaciones designado por la Asociación y la cuestión de si hay margen para adoptar sus decisiones en este caso.

Reivindicación derivada en una asociación

  1. ¿Es posible presentar una reclamación por derivados en nombre de una asociación? Esta cuestión se examinará tanto en general como con una referencia específica a la asociación objeto del procedimiento actual: la Asociación de Fútbol, con sus características especiales.

Como se ha indicado anteriormente, la institución de una reclamación por derivados permite a una persona que no es uno de los órganos autorizados ejercer su poder de acción en nombre de la empresa.  Este mecanismo está consagrado en los artículos 194-206 de la Ley de Sociedades, 5759-1999 (en adelante: la "Ley de Sociedades"), que estipula que un accionista o director (y en los casos apropiados también un acreedor) puede presentar una reclamación derivada en nombre de la empresa.  Cualquiera que no sea uno de estos no tiene derecho a presentar una reclamación por derivados.

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