Casos legales

Caso de delitos graves (Haifa) 9375-05-21 Estado de Israel contra David Abu Aziz - parte 136

March 24, 2026
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Finalmente, dudamos que hubiera espacio para que altos mandos de policía participaran en un programa de televisión que cubriera y revisara el proceso incluso antes de la fase de pruebas.  Las explicaciones de los policías sobre este asunto fueron exhaustivas, y es difícil entender cómo eligieron participar en este programa, relacionarse específicamente con las pruebas y las versiones de los testigos, todo ello antes de que el primer testigo subiera al estrado.  Aún no hemos entendido cómo no se informó al abogado de la acusadora ni por qué no se les consultó antes de la emisión del programa.  Ninguno de nosotros vio el plan en cuestión y no tuvo ningún impacto en nuestras decisiones; Es posible que las autoridades competentes averigüen cómo se emitió el programa y extraigan las lecciones necesarias de él.

El aspecto legal

El artículo 301A(a)(1) de la Ley Penal establece que cualquiera que cause la muerte de una persona, intencionada o indiferentemente, tras planificar o tras un proceso real de sopesar y formular la decisión de matar, es responsable de cadena perpetua y solo de este castigo.

El artículo 301a(a)(7) de la Ley Penal establece que cualquier persona que cause la muerte de una persona, intencionada o indiferentemente, con crueldad especial, o mediante abusos físicos o mentales de la víctima, es responsable de cadena perpetua y solo de este castigo.

Naturalmente, dada la naturaleza de la disputa, hasta ahora hemos examinado si el elemento fáctico del delito existía en nuestro caso, es decir, si el acusado causó la muerte del fallecido, a lo que hemos respondido afirmativamente.  Por tanto, concluiremos que se ha demostrado ante nosotros más allá de toda duda razonable que el acusado apuñaló al fallecido junto con otro y causó su muerte.

En cuanto al elemento mental del delito de asesinato, debemos señalar, en resumen, que el delito de asesinato hoy en día no distingue entre un elemento mental de intención y un elemento mental de indiferente (Apelación Penal 7905/23 Kalasani contra el Estado de Israel (16 de febrero de 2025).  El delito de asesinato en circunstancias agravadas requiere, independientemente de si el acto fue cometido intencionadamente o indiferentemente, la imposición de cadena perpetua (Apelación Penal 8577/22 Yafimov contra el Estado de Israel (21 de abril de 2024)).  En nuestro caso, nadie ha discutido este asunto y, en cualquier caso, a la luz de todo lo que se ha demostrado ante nosotros, está claro que las acciones del acusado y del otro se planificaron de antemano, y está claro que se llevaron a cabo tras un proceso real de sopesar y formular una decisión de matar.  Por lo tanto, se demostró la circunstancia agravante establecida en la sección 301A(a)(1).

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