Según el Director Especial, una transacción de ingeniería también es una transacción de la parte interesada que no fue aprobada conforme al mecanismo establecido en la ley; La transacción no cumple con el criterio de "el mejor interés de la empresa"; Y el interés personal de Mordechai Yona en la transacción supone un incumplimiento del deber fiduciario que tiene a la empresa. Además, se argumentó que, por estas razones, Heftzibah Engineering tiene derecho a cancelar la transacción según Secciones 281 y256(c) 30Derecho de sociedades; y que la estructura de una operación de ingeniería constituye una "prenda disfrazada", que no fue registrada legalmente en el Registro de Sociedades y por tanto es nula (lo anterior se refiere únicamente al depósito monetario, ya que en relación con los valores se registró una prenda). A diferencia de las transacciones consecutivas, en lo relativo a una transacción de ingeniería no se alegó que fuera un contrato indebido.
- El Tribunal de Distrito (Juez) D. Mintz) rechazó todas las reclamaciones del Director Especial en relación con la transacción de ingeniería (Liquidaciones 16739-08-14, [Publicado en Nevo] Decisión del 11 de diciembre de 2016). Se sostuvo que incluso era posible suspender el puesto del gestor especial respecto a las aprobaciones necesarias para validar una transacción de ingeniería - Por tanto, cancelar la transacción en cualquier caso no le habría aportado ningún beneficio; Esto se debe a que la cancelación requiere la devolución de los fondos no solo del Banco Mizrahi a Hefziba Engineering, sino posteriormente también de Hefziba Engineering a Mordechai Yona, y desde allí los fondos regresaron al banco.
El Tribunal de Distrito rechazó además el argumento del Gerente Especial de que la transacción de ingeniería no fue "Para el beneficio de la empresa"Como se requiera En la sección 270 30Derecho de sociedades Dado que Heftziba Engineering no recibió ninguna contraprestación en el marco de esta transacción. Se determinó que se debían examinar los mejores intereses de la empresa a la luz de la transacción global y sus características únicas; En otras palabras, el hecho de que las empresas del Grupo Heftziba disfrutaban de un fuerte respaldo económico mientras dependían mutuamente del apoyo mutuo y proporcionaban garantías mediante la transferencia de activos entre ellas. Se aclaró además que no es posible distinguir entre los intereses de una sola empresa en el grupo y el beneficio del grupo en su conjunto; y que en estas circunstancias "Ver el bien de las empresas de inversión e inmobiliario que también son miembros del grupo como algo negativo para la empresa (Hefzibah Engineering-A.B.) es completamente artificial" (párrafo 28 de la decisión). Sobre este punto, el Tribunal de Distrito reiteró además su postura expresada en la sentencia dictada en el asunto BTB Mizrahi, según la cual se alega que se realizó una transacción en contra de los intereses superiores de la empresa porque es injusta para La Compañía poder (en contraposición a la injusticia hacia Accionistas minoritarios), entonces no hay lugar para imponer al accionista controlador de la empresa la carga de demostrar la equidad de la transacción. Y en las circunstancias del presente caso - "Por tanto, para examinar si la transacción no fue favorable a la empresa (Hefzibah Engineering), es necesario examinar la razonabilidad de la provisión de las cláusulas de gravamen en la totalidad de la actividad pasada de la empresa, y examinar qué obtuvo la empresa con ello y considerar lo que perdió. Afirmar de forma casual que la transacción fue una 'transacción libre', como afirmó el Gerente Especial, sin ninguna base, no es suficiente."