"El propósito de la medida provisional es garantizar un derecho prima facie durante el procedimiento legal y la correcta y eficiente conducción del procedimiento o la ejecución adecuada de la sentencia."
El Reglamento 95 del Código Civil establece:
AA Ltd. Se presentará una solicitud de alivio temporal por escrito y sujeta a este capítulo.
(b) Si se presenta una solicitud de medida provisional en el marco de una demanda, el tribunal puede conceder dicha medida, si se le convence, sobre la base de pruebas prima facie suficientes de la existencia de una causa de acción, el cumplimiento de las condiciones para conceder la medida establecidas en este capítulo y la necesidad de la medida provisional para lograr el objetivo.
(c) No obstante lo dispuesto en el Subreglamento (B), el tribunal puede conceder un alivio temporal o temporal incluso antes de presentar una declaración de demanda si está convencido de que esto está justificado dadas las circunstancias del caso, siempre que la reclamación se presente en un plazo de siete días desde la fecha de la emisión de la orden o en cualquier otra fecha que el tribunal pueda ordenar.
(d) Al decidir si concede un alivio temporal, así como al determinar el tipo, alcance y términos del alivio, el tribunal considerará, entre otras cosas, las siguientes consideraciones:
(1) el daño que puede causar al solicitante si no se concede el remedio temporal, en contraposición al daño que puede causar al demandado si se concede el remedio provisional, así como el daño que pueda ser causado a otra persona o a un interés público;
(2) Si no existe otro remedio cuyo daño al demandado sea menor, que cumpla el propósito para el que se pretendía la medida provisional;
(3) La buena fe de las partes, tanto en relación con el fondo del asunto como con la presentación de la reclamación y la solicitud de medidas provisionales, y si el solicitante no retrasó excesivamente en las circunstancias del asunto en presentar la declaración de demanda o la solicitud de medidas provisionales.