Casos legales

Reclamación organizativa (entre el sindicato de empleados y los trabajadores) (Jerusalén) 3166-07 Ronen Shweig contra Hapoel Jerusalem Football Club - parte 2

August 21, 2011
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La base normativa para el compromiso

  1. Por conveniencia, definiremos a los demandantes en el preámbulo de la sentencia.  Los actores - los demandantes- serán definidos por nombre.  Los demandados son el Hapoel Jerusalem Football Club (en adelante el Club).  La Asociación de Fútbol de Jerusalén (en adelante: la Asociación), el Equipo Deportivo de Jerusalén - Fútbol en Apelación Fiscal (en adelante: la Compañía), y el Sr.  Victor Yona (en adelante: Sr.  Yona).
  2. El equipo de fútbol está debidamente registrado e incorporado a la Asociación de Fútbol.
  3. La asociación está legalmente registrada y gestiona junto con el grupo.
  4. La empresa es una sociedad privada de responsabilidad limitada.
  5. Sr.  Victor Yona - Según los demandantes, recibió un acuerdo de gestión firmado en 1996 entre él y S.A.D.R.  Gestión Deportiva en 1995 en una apelación fiscal: responsabilidad financiera del equipo y pago a los jugadores.  En la declaración de defensa del equipo, la asociación y la empresa, se indicó que "según un laudo arbitral que fue ejecutado por sentencia en el Tribunal de Distrito de Jerusalén, todas las deudas pasadas de los equipos de fútbol se imponen exclusivamente al Sr.  Yona", e incluso solicitaron presentar una notificación a terceros contra él(párrafo 5 de la declaración de defensa) Así, los demandados confirmaron la reclamación de los demandantes respecto a la obligación del Sr.  Yona de pagar todos dichos pagos.  Esto se debe al propio laudo del árbitro (P/11), que se refiere a la decisión del árbitro del 10 de mayo de 2005, que valida en su sentencia.
  6. Antes de analizar las reclamaciones de cada uno de los demandantes sobre el fondo de sus reclamaciones, los periodos de su empleo y las circunstancias de su despido, es necesario abordar los argumentos fundamentales que surgen en las cuestiones comunes a todos los demandantes en relación con la situación legal y contractual que les corresponde.  Los demandantes alegaron que los acuerdos no se cumplieron y que se hicieron oralmente.  Incluso si una imagen u otra emerge en los testimonios y declaraciones juradas, como también apareció en la sentencia del Honorable Juez Zeiler como árbitro, aún debemos examinar los acuerdos que se hicieron por escrito y la base normativa de este tipo de transacción.
  7. El artículo 10 de la Ley de Deportes se refiere a las regulaciones de la Asociación de Fútbol y establece:

"10 (a) Una asociación o asociación promulgará estatutos que regulen el procedimiento adecuado de la industria... 

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