"La secuencia de eventos y procedimientos de los últimos siete años conduce a la conclusión inequívoca de que solo el desacato a los procedimientos judiciales tiene el poder de provocar como resultado de la sentencia y la decisión. Cualquiera que lea los distintos actas que el demandado adoptó, las decisiones que tomó y, comparándolas con el resultado, concluyó que en el caso que se nos presentaba, el apelante logró, sin justificación sustantiva, actuar en la práctica como si no se hubieran dictado sentencias y decisiones. Difícil para el sistema El juicio es aceptar tal fenómeno. La fortaleza y resiliencia de la empresa proviene del cumplimiento de decisiones y juicios. Una persona que se toma la libertad de actuar como si no tuviera ley Dayan socava los órdenes sociales básicos. El tribunal en este caso está obligado no solo a rescatar al oprimido de la mano de su opresor (y aquí el demandado es quien durante siete años Intenta dividir la propiedad y recibir lo que tiene derecho por ley, como parte de su derecho de propiedad... Y él es quien fue oprimido por su esposa explotada), pero también para mirar los hechos desde una perspectiva más amplia, como alguien que está a cargo del Estado de derecho en el Estado de Israel. El caso que tenemos ante nosotros requiere la aplicación de procedimientos por desacato al tribunal. Por lo tanto, en principio, la apelación del apelante debe ser desestimada y adoptarse el enfoque del Tribunal de Magistrados."
- La combinación de estas disposiciones normativas, junto con los hechos concretos del caso que tengo ante mí, me lleva a la conclusión de que hay justificación para usar los medios de aplicación del desacato al tribunal.
- En este contexto, es necesario tener en cuenta el espíritu de la interpretación del Tribunal Supremo sobre el uso de procedimientos por desacato al tribunal y su propósito. Se ha escrito mucho sobre este asunto, y me bastaré con citar un pequeño extracto de las palabras de la jueza Edna Arbel (a quien se unieron el vicepresidente, el juez Eliyahu Matza, y la jueza Ayala Procaccia) enAutoridad de Apelación Civil 3888/04 Sharbat contra Sharbat, Piskei Din Net (4) 49, en la p. 60, opuesta a la letra D:
"El propósito [del procedimiento por desacato al tribunal] es llevar a cabo un procedimiento rápido y eficiente que conduzca al cumplimiento de la orden judicial. De hecho, es importante que las órdenes judiciales se cumplan en la fecha fijada por el tribunal y, especialmente, que su ejecución no se posponga por desacato o desacato."