Casos legales

Acción colectiva (Centro) 56624-02-25 Gal Barir contra Victory Supermarkets Chain Ltd.

September 28, 2025
Impresión
Tribunal de Distrito de Central-Lod
Acción colectiva 56624-02-25 Barir contra la cadena de supermercados Victory en Tax Appeal et al. 

Carcasa exterior:

Número de solicitud: 6
Antes El Honorable Juez Helit Silesh
Solicitando Gal Barir

Por el abogado Yaakov Sabo

Contra
Encuestados 1.  Cadena de Supermercados Victory Ltd
.  2.  Eyal Felix Ravid
, Demandados 1-2 por el abogado del bufete Matry, Meiri, Wacht &
Co.3.  M.  Yochananof & Sons Ltd
.  4.  Elad Harazi
5.  Eitan Yochananov
Demandados 3-5 por el abogado del bufete Agmon Law Firm con Tulchansky
6. 
Super Barkat Retail Ltd
.  7.  Ephraim Teshuvá

 

Sentencia

Moción para desestimar una moción para certificar una acción colectiva in limine.
En el contexto del procedimiento se encuentra una demanda colectiva presentada contra Victory Supermarkets en un recurso fiscal (en adelante: "Victoria") M.  Yochananoff & Sons (1998) en un recurso fiscal (en adelante: "Yochananof") y Sofer Barkat Retail en una Apelación Fiscal (en adelante: "Super Barkat") (los tres juntos en adelante: "Encuestados") y funcionarios en ellas, por ser ostensiblemente parte de acuerdos restrictivos.

La moción para certificar la demanda colectiva

  1. En el marco de la moción para certificar una acción colectiva, se alegó que los demandados, grandes cadenas minoristas de alimentos, establecieron acuerdos restrictivos entre sí destinados a perjudicar la competencia y a provocar un aumento de precios en sus cadenas, así como en las cadenas competidoras. Estos acuerdos incluían, entre otros, ajustes de precios, cancelación de promociones y ajuste de beneficios (en adelante: los "Acuerdos Restrictivos").
  2. El Demandante basó su solicitud en la propia presentación de una acusación formal por parte de la Autoridad de Competencia contra los Demandados, en relación con los arreglos restrictivos.
  3. Según el solicitante, la mera presentación de la acusación es suficiente para constituir la base probatoria prima facie requerida para la presentación de una acción colectiva.

La Moción de Eliminación Sumaria

  1. Los demandados 3-5, Yochananoff y sus funcionarios (en adelante: "Demandados 3-5") presentaron una moción para desestimar in limine la moción de certificación de la acción colectiva, en la medida en que les afecte, y, alternativamente, ordenar que la audiencia sobre la moción de certificación se divida, de la manera más eficiente y justa, según considere oportuna por el tribunal.
  2. Según los demandados 3 y 5, la moción para certificar la acción colectiva se basa total y exclusivamente en la acusación formal, que por sí sola no constituye prueba admisible en el procedimiento civil, y más allá de eso, no se adjuntó ni una sola prueba adicional que respaldara las reclamaciones de los solicitantes.
  3. Además, se argumentó que, en ausencia de pruebas adicionales, el Demandante presentó la moción de certificación en su totalidad, aunque la acusación supuestamente incluye seis hechos distintos, diferentes entre sí, que se refieren a distintas corporaciones y periodos. Como resultado, la gran mayoría de la moción de certiorari trata aparentemente sobre cinco asuntos diferentes, con los que los demandados no tienen nada que ver, mientras que la parte atribuida a los demandados es muy limitada.
  4. Según los demandados 3-5, su vinculación en una sola acción con los demás demandados es incompatible con los requisitos del artículo 8 de la Ley de Acciones Colectivas, 5766-2006 (en adelante: "la Ley" o la "Ley de Acciones Colectivas") respecto a la existencia de cuestiones sustantivas de hecho o derecho que sean comunes a todos los miembros de la clase. De hecho, estamos tratando con varias solicitudes diferentes que han sido agrupadas artificialmente, y cada una tiene circunstancias distintas que requieren una aclaración individual.  La presentación de la demanda y la moción, tal y como se presentaron, probablemente perjudicará la eficacia del proceso, impondrá una carga a los demandados y les obligará a defenderse en un procedimiento complejo y complejo.  Además, se afirmó que el grupo potencial de demandados también es diferente y separado en relación con cada uno de los cargos.
  5. Los demandados 3-5 argumentaron además que la solicitud también debería ser desestimada in limine por impago legal de una tasa, cuando se pagó una tasa respecto a una sola solicitud, en lugar de pagar la tasa requerida para presentar varias solicitudes separadas de aprobación, en procedimientos separados, como debería haberse hecho.

El asentamiento otomano [Versión antigua] 1916La respuesta del solicitante

  1. 12-34-56-78 Chejov contra el Estado de Israel, P.D. 51 (2)Como parte de la respuesta, se argumentó que, por norma general, no hay espacio para discutir una moción de desestimación sumaria, separada de la audiencia de la moción de aprobación sobre el fondo, salvo en casos excepcionales y extremos, en los que está claro que no hay nada en la solicitud - y esto no es así en nuestro caso.
  2. En cuanto al fondo del asunto, se argumentó que la base de la demanda son cuestiones fácticas y jurídicas comunes, incluida la implicación de los demandados en acuerdos restrictivos que condujeron a un aumento de precios en las cadenas minoristas, tal y como se detalla en la acción.
  3. La decisión de vincular a todos los demandados a una sola reclamación se basó en consideraciones de eficiencia y en la prevención de decisiones contradictorias. Esto es, entre otras cosas, donde todos los acuerdos restrictivos objeto de la demanda se llevaron a cabo en el contexto de características comunes del mercado minorista en Israel, y no es posible discutir cada uno de ellos por separado sin abordar estas características.  Los demandados de Victory son parte de cada uno de los acuerdos restrictivos que son objeto de la acción, y esto también es suficiente para evitar la división de la reclamación.  Además, cada uno de los arreglos restrictivos objeto de la demanda forma parte de un conjunto prohibido de coordinación, que pretende perjudicar a la competencia y provocar un aumento de precios, y el hecho de que cada uno se relacione con un producto diferente no impide que se traten como un conjunto al examinar su daño agregado.  Estos argumentos se refuerzan cuando el propio Estado eligió vincular todos los asuntos objeto de la acusación en una única acusación.
  4. Los solicitantes argumentaron además que, cuando la reclamación de que deberían haber dividido la reclamación en varias reclamaciones separadas debe ser desestimada, en cualquier caso también entra la reclamación relativa al pago insuficiente de la tasa, y en cualquier caso, la cuestión de si se trata de un acto único o de una serie de actos es una cuestión compleja que debe decidirse sobre la base fáctica y jurídica que se expondrá en el marco del examen del procedimiento sobre su fondo.
  5. En cuanto al argumento de que no es posible presentar una moción para certificar una acción colectiva basada únicamente en una acusación formal, los demandados se refirieron a una jurisprudencia en la que, según ellos, se aprobó una acción colectiva basada únicamente en una acusación y una opinión.

Respuesta a la respuesta

  1. Los demandados 3-5 presentaron una respuesta a la respuesta, en la que reiteraron que la demanda se refiere a varios asuntos separados que no están relacionados, no tienen cuestiones legales o fácticas comunes, no pueden definirse como una 'violación continua del derecho de la competencia' y que no existe eficiencia procesal en su gestión conjunta.
  2. Además, quisieron señalar y enfatizar que una moción para certificar una acción colectiva nunca fue aprobada únicamente sobre la base de una acusación formal, incluso en el marco del procedimiento al que se remitió el solicitante.

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