Como se ha dicho, en esta etapa examinaré la cuestión de si la conducta de la demandante es suficiente para negar sus afirmaciones de que fue realmente engañada o engañada como resultado de las tergiversaciones que se le presentaron.
Como primera prueba de la conciencia de la demandante sobre el riesgo implicado en la actividad, así como de su acuerdo para asumir dicho riesgo, los demandados señalan advertencias que aparecen en los documentos que se enviaron a la demandante. En este sentido, no hay disputa en que ya en el primer correo electrónico enviado a la demandante por OFM (N/1) confirmando su adhesión, hay una advertencia al final y, en consecuencia:
CALENTAMIENTO DE INVERSIÓN DE ALTO RIESGO: Operar con opciones binarias es altamente especulativo, conlleva un nivel de riesgo y puede no ser adecuado para todos los inversores. Puedes perder parte o todo tu capital invertido. Por lo tanto, no deberías especular con capital que no puedes permitirte perder. Debes estar al tanto de todos los riesgos asociados al trading de Opciones Binarias.
Una advertencia similar existe en todos los documentos en los que el demandante aprobó transferencias financieras a OFM - un ejemplo de esto se encuentra - entre otros - en el Apéndice 2 de la declaración jurada de los demandados, donde aparece la advertencia de la siguiente manera:
El uso e interpretación del servicio requieren habilidad y juicio financiero. Cualquier utilidad por parte del Suscriptor, relacionada con el servicio, así como cualquier decisión que los usuarios puedan tomar respecto a una posible compra o venta de acciones, opciones sobre acciones y productos similares y asimilados, es responsabilidad exclusiva y responsabilidad del Suscriptor, quien reconoce y acepta esto como condición previa y anterior a cualquier acceso al servicio."
Además de las advertencias de las que el demandante era consciente y que mostraban el alto riesgo implicado en las inversiones, así como la necesidad de habilidad para realizar dichas inversiones, los demandados se refieren -como confirmación del conocimiento del demandante sobre el riesgo implicado en las inversiones- al mensaje de correo electrónico enviado por el demandante a Collins el 8 de abril de 2016 (P/7), que fue citado casi en su totalidad en el párrafo 40 anterior de la sentencia. De este aviso se desprende primero que la demandante sabía que la inversión conllevaba riesgos y, además, asumió tanto los riesgos como las pérdidas derivadas; segundo, que la demandante era consciente de que había sufrido pérdidas sustanciales - es decir, que conocía el estado de su cuenta; y tercero, que a pesar de ello, no hay disputa en que siguió invirtiendo en ello.