Casos legales

Apelación Penal 1204/23 Estado de Israel contra Michael Yehuda Stettman - parte 27

October 30, 2025
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Para ser precisos: no retiro mi acuerdo con la sentencia dictada en la apelación.  El juicio me parece, incluso hoy, correcto.  Sigo convencido de que debe corregirse, de forma sustancial, a la luz del error cometido, y sigo opinando que el resultado por el cual el solicitante no será condenado por los delitos de violación por fraude sino por el delito de agresión, no es un resultado con el que no se pueda estar de acuerdo.

A esto hay que añadir las circunstancias de la tortura legal sufrida al solicitante.  El Demandante fue sometido a tortura legal real incluso antes de la audiencia de la apelación, y desde entonces se ha añadido la tortura legal causada al Solicitante como resultado de los acontecimientos en el marco de la apelación, incluyendo el periodo significativo en el que el Solicitante creía que la espada de la condena por los delitos sexuales ya había caído sobre su cabeza (una tortura legal que el Demandado tampoco niega).

B.2.  La Autoridad para Enmendar

  1. El artículo 81 de la Ley de Tribunales establece lo siguiente:
  • Si un tribunal determina que ha habido un error en una sentencia o en cualquier otra decisión que haya emitido, podrá, dentro de los veintiún días siguientes a la fecha de su emisión, corregirlo mediante una decisión razonada y escuchar los argumentos de las partes en este asunto; En este sentido, un "error" - un error en el lenguaje, un error en el cálculo, un desliz de la pluma, una omisión accidental, una adición aleatoria de algo, y cosas por el estilo.
  • Con el consentimiento de las partes, el tribunal puede decidir en cualquier momento sobre cualquier enmienda en una sentencia u otra decisión que haya emitido.
  • [...].
  • [...]".

No existe disputa en que lo solicitado en la solicitud de cancelación en este caso se desvía de la corrección de un "error" tal y como se define En la sección 81(A) arriba (véase: Autoridad de Apelación Civil 8677/23 Asraf contra Malul, párrafo 15 y las numerosas referencias en él [Nevo] (18 de marzo de 2024)).  La cuestión es si la disposición de Sección 81(II) 30La Ley de los Tribunales, lo que otorga al tribunal la autoridad para enmendar "En cualquier momento [...] ¿Cualquier reparación...".  Esta autoridad es condicional "Con el consentimiento de las partes", y la cuestión es si, en nuestro caso, se dio tal consentimiento.  En mi opinión, esta pregunta puede responderse afirmativamente, por las razones que se detallarán a continuación.

  1. Incluso antes de examinar las circunstancias en cuestión, debemos responder a otra pregunta preliminar: ¿A qué debe referirse el "consentimiento de las partes" requerido en el artículo 81(b) de la Ley de los Tribunales, tiene el tribunal la autoridad para enmendar la sentencia o quizás también la enmienda solicitada en sí? En otras palabras: cuando las partes acuerdan que una solicitud de enmienda será escuchada sobre el fondo y el tribunal decide sobre ella conforme a su discreción, Sin embargo, siguen divididos respecto al asunto solicitado en la solicitud de enmienda, ¿si el tribunal adquiere jurisdicción bajo el artículo 81(b) o no.

Discutí esta cuestión en mi juicio enApelación Civil 8227/20 Kassirer contra Amsalem [Nevo] (12 de julio de 2023), y anoté que: "Mi inclinación es adoptar el enfoque de que basta con que las partes hayan acordado autorizar al tribunal a llevar a cabo una enmienda sustantiva, y que no es necesario ponerse de acuerdo sobre el contenido de la enmienda" (Nombre, en el párrafo 49).  A continuación detallaré mis razones para ello.

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