Casos legales

Apelación Penal 1204/23 Estado de Israel contra Michael Yehuda Stettman - parte 28

October 30, 2025
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La necesidad del consentimiento de las partes para hacer una enmienda a una sentencia que no se deba a un "error" en su definición estricta En el artículo 81(a) El Derecho Judicial tiene su origen en la finalización general de la audiencia, según la cual, cuando el tribunal es rehabilitado de su presidencia, no está autorizado a modificar la sentencia dictada por él (véase: Autoridad de Apelaciones Civiles 4584/24 Construyendo una boutique de conservación en atractivo Impuestos v.  M.A.G.N Consulting and Asset Management Ltd., párrafo 16 [Nevo] (10.2.2025); Autoridad de Apelación Civil 2980/18 Euro Money Properties (1995) en apelación Impuestos v.  Levy Investments and Construction Ltd., párrafo 16 [Nevo] (19.7.2018); Hemi Bin-Nun y Tal Havkin La Apelación Civil 447-449 (3ª ed., 2012) (en adelante: Bin-Nun y Havkin)).

Dado que las partes han acordado renunciar a su derecho en virtud de dicha norma, y dado que la legislatura ha reconocido dicho acuerdo como posible para la finalización general de la audiencia, no veo razón en el propósito de la disposición Sección 81(b) La Ley de los Tribunales, o en cualquier contexto relevante, debe limitar la autoridad para modificar la sentencia solo en una situación en la que el contenido de la enmienda esté acordado de antemano, y no permitir que las partes acepten la audiencia de la solicitud de enmienda sobre el fondo y la decisión del tribunal sobre el fondo, incluso sin acuerdo sobre lo solicitado en la solicitud.

Cabe señalar que no he perdido de vista lo que se afirma en el libro de Bin-Nun y Havkin, según lo cual "Para que el tribunal esté autorizado a llevar a cabo la enmienda solicitada, se requiere el consentimiento de todas las partes, tanto para la enmienda en sí como para su contenido." (Nombre, en p.  449).  Sin embargo, la misma afirmación se basa en una referencia a una decisión tomada enApelación Civil 9357/09 La Corporación Eléctrica de Israel en la Apelación Impuestos v.  Amir [Nevo] (10 de marzo de 2010).  Sin embargo, una revisión de esta decisión muestra que trata sobre la fecha para presentar un recurso tras la decisión de enmendar una sentencia según Artículo 81 a la Ley Judicial, dependiendo de si se trata de una corrección de un error según Artículo 81(a) de la Ley de los Tribunales, o enmendada por acuerdo según Sección 81(b) de esta ley.  Por lo tanto, lo que se establece en esa decisión, en mi opinión, no respalda la conclusión de que, con el propósito de modificar la Sección 81(b) La Ley Judicial exige el consentimiento de todas las partes, tanto para la enmienda en sí como para su contenido.

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