No hay disputa de que la situación mencionada (en adelante, en este párrafo): La primera situación) es lo que representa nuestra opinión en el momento en que se redactó y firmó la sentencia en la apelación, y por tanto incluso la propia propuesta de compromiso, su aceptación por parte del demandado y su rechazo por parte del demandante (todo según la misma percepción de las circunstancias), no se mencionaron en absoluto en la sentencia de la apelación y no afectaron lo que se expresó en ella (como también señala mi colega, el juez). Y. Elronen su opinión).
Por otro lado, en una situación en la que el Demandado retire su solicitud de condenar al Solicitante por los delitos de violación, sin ninguna estipulación (incluyendo no respecto a la posición del Solicitante respecto a su condena por agresión), y cuando no considere que lo hace dentro del marco de ningún acuerdo acordado (en adelante, en este párrafo): La segunda situación), la posición del Demandado constituye un desarrollo dramático.
En este sentido, basta con mencionar que, aunque ignorar un acuerdo para fines de compromiso que no salió bien es la norma, el uso del poder de un tribunal de apelación para condenar al acusado es más grave que el que el acusador busca condenar al acusado "Destinado a casos excepcionales y excepcionales" (véase la sentencia en el párrafo 27 anterior), que también es aceptada por mi colega, el juez א' שטיין (Véase la referencia, ídem.).
En la práctica, también, el número de casos en los que este Tribunal, como tribunal de apelación, hizo uso de dicho poder es escaso. El número de casos que he podido identificar, en los que se hizo tal uso cuando el acusador retiró explícitamente la acusación, se basa en un único caso (y para las dudas en el contexto de este caso aislado, véase el párrafo 27 de mi opinión anterior), y un precedente claro para una situación en la que dicha autoridad fue utilizada cuando el demandado retiró expresamente la acusación. Por recomendación del tribunal, es dudoso que exista en absoluto.